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El Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1.083/1998, promovido por el Defensor del Pueblo contra el artículo 8.1 de la Ley Valenciana 8/1997, de 9 de diciembre, de Horarios Comerciales de la Comunidad Valenciana.
Madrid, 17 de marzo de 1998.-El Secretario de Justicia.
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