En el recurso contencioso-administrativo número 3/688/1995, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, de la Audien cia Nacional, a instancias de doña Cristina Íñigo Barrio, contra resolución desestimatoria sobre retribuciones por guardias médicas, en cuantía no inferior al valor del trabajo ordinario, ha recaído sentencia de fecha 4 de noviembre de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Desestimar el recurso número 688/1995, interpuesto por doña Cristina Íñigo Barrio, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 3 de abril de 1995, descrita en el primer fundamento de Derecho, que se confirma por ser conforme a Derecho.
Segundo.-No hacer una expresa condena en costas."
En virtud de lo que antecede, esta Dirección General ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. S., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de febrero de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid