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Documento BOE-A-1998-573

Resolución de 19 de noviembre de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección bis, en el recurso contencioso-administrativo número 09/667/1996, interpuesto por don Moisés Peña Martínez.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 1998, páginas 1190 a 1190 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-573

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección bis, de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia firme el 14 de julio de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 09/667/1996, interpuesto por don Moisés Peña Martínez, contra la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, sobre nivel consolidado.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia dispone:

"Que estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Moisés Peña Martínez, contra la resolución de 1 de septiembre de 1994, debemos anular y anulamos dicha resolución administrativa por no ser conforme a derecho, y en su lugar declarar como declaramos el derecho del actor a ser reintegrado en el servicio activo desde el 1 de septiembre de 1994 en el puesto que ocupaba de Jefe de Servicio, nivel 26, y complemento específico de 303.844 pesetas, en la Subdirección General de Acción Cooperativa del Instituto de Cooperación Iberoamericana, en la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, con abono de las diferencias retributivas desde esa fecha, y sin hacer condena en costas."

Posteriormente y mediante auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección bis, de la Audiencia Nacional de 24 de septiembre de 1997 se acuerda:

"Haber lugar a la aclaración solicitada adjudicando al nivel 26 un complemento efectivo de 803.844 pesetas en lugar de 303.844 pesetas, como por error se ha hecho constar en la sentencia."

En su virtud, esta Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 19 de noviembre de 1997.-El Presidente, P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 4 de junio), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmo. Sr. Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

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