La SAT número 9.888, Vega Mota", de Benejúzar (Alicante), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, solicita el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría I (frutas y hortalizas), a la SAT número 9.888, Vega Mota, de Benejúzar (Alicante).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la SAT número 9.888, Vega Mota, de Benejúzar (Alicante), para la categoría I (frutas y hortalizas), asignándole el número registral 639.
Madrid, 12 de diciembre de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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