Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-4843

Resolución de 10 de febrero de 1998, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se procede a la publicación del Convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la informatización de la Administración de Justicia en el ámbito de dicha Comunidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 1998, páginas 7132 a 7138 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1998-4843

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, un Convenio de colaboración para la informatización de la Administración de Justicia en el ámbito de dicha Comunidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, sobre Convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio, que, a tal efecto, figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de febrero de 1998.-El Secretario de Estado, José Luis González Montes.

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LA INFORMATIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL ÁMBITO DE DICHA COMUNIDAD

En Madrid, a 2 de diciembre de 1997.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don Francisco Javier Delgado Barrio, Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

La excelentísima señora doña Margarita Mariscal de Gante y Mirón, Ministra de Justicia, por delegación del Consejo de Ministros, conforme al Acuerdo de éste de 21 de julio de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de agosto), y

El excelentísimo señor don José Bono Martínez, Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,

EXPONEN

Primero.-Que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia, conforme establece el artículo 149.1.5.a de la Constitución Española.

Segundo.-Que por su parte, según señala el artículo 27 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, corresponde a la Comunidad Autónoma ejercer todas las facultades que las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno del Estado.

Tercero.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, dentro de sus límites presupuestarios, y con el fin de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 24 de la Constitución, considera objetivo prioritario lograr las máximas cotas de celeridad y eficacia en el funcionamiento de la Administración de Justicia dentro de su ámbito territorial.

Cuarto.-Que esa coincidencia de objetivos y la voluntad de colaboración de las tres instituciones fructificó con la suscripción, en septiembre de 1989, de un primer Convenio de colaboración, en cuyo desarrollo se ha conseguido la informatización de, prácticamente, la mitad de los órganos judiciales de la Comunidad.

Quinto.-Que debe ser objetivo prioritario para las partes la culminación, en el plazo más breve posible, del plan de informatización de los órganos judiciales de la Comunidad, para que todos ellos cuenten con un nivel óptimo de mecanización antes de finalizar el año 1998.

A tal fin, el Ministerio de Justicia, en el ejercicio de sus competencias, y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, haciendo honor al espíritu de colaboración con el Poder Judicial, demostrado a lo largo de los últimos años, están dispuestos a realizar un considerable esfuerzo presupuestario para llevar a buen término este proyecto.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El objeto del Convenio es la informatización de todas las unidades de la Administración de Justicia (órganos judiciales, decanatos, fiscalías y órganos forenses) que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, y que a la fecha son las que se relacionan en el anexo número 1.

Segunda.-Este objeto se concreta inicialmente en el plan de informatización que se refleja en el anexo número 2, en el que se describen, cuantifican y presupuestan las actuaciones que lo componen. En el plan se incluirán, más adelante, si es el caso, las unidades que pudieran crearse en el curso de su ejecución.

Tercera.-El importe global del plan de informatización, de acuerdo con las previsiones de los anexos números 2 y 3, asciende a 224,5 millones de pesetas. Deduciendo el valor de los equipos adquiridos por la Junta de Comunidades a finales de 1996, que se aplicarán a la ejecución del plan, restan por invertir 214,5 millones de pesetas.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se compromete a aportar un total de 70.000.000 de pesetas, diez de ellos en el ejercicio de 1997 y los sesenta restantes en el correspondiente a 1998. El pago a las empresas suministradoras de las referidas cantidades, se realizará previa presentación de certificación de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, con el visto bueno del excelentísimo señor Presidente.

El resto de la inversión necesaria para ejecutar el plan, que asciende a 144,5 millones de pesetas, será aportado por el Ministerio de Justicia; de los cuales, 67,7 millones de pesetas corresponderán al ejercicio de 1997, con cargo a la partida presupuestaria 13.02 Programa 142.A 620.06, y los 76,8 millones de pesetas restantes, al ejercicio de 1998. Así como la supervisión del funcionamiento y el mantenimiento de los equipos y sus instalaciones.

Para garantizar la coherencia de todas las actuaciones, la Comunidad Autónoma aplicará en las que corran a su cargo las especificaciones que le facilite el Ministerio de Justicia.

Cuarta.-La informatización de los órganos de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se llevará a cabo en el marco de lo establecido en el artículo 230.5 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, y los artículos 89 y siguientes del Reglamento número 5/1995, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales.

Quinta.-Para la ejecución y desarrollo del presente Convenio se crea una Comisión de seguimiento compuesta por seis miembros, siendo designados dos por cada de una las partes que lo suscriben.

La Presidencia de la Comisión corresponderá a uno de los representantes del Consejo General del Poder Judicial. Las reuniones se celebrarán en el lugar que designe la convocatoria hecha de orden del Presidente, pudiendo los Vocales delegar la asistencia en otra persona de su mismo rango y procedencia. Los Vocales podrán hacerse acompañar de un asesor de su elección, con voz pero sin voto.

Corresponde a esta Comisión cuidar de que la informatización se lleve a efecto en términos que conduzcan al fin propuesto de hacer más ágil, eficaz y operativa la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. En particular, se atribuyen a la Comisión las siguientes funciones:

a) Supervisar la ejecución del plan y resolver los problemas que en el curso de la misma pudieran plantearse.

b) Realizar en el plan y en los programas anuales los ajustes y correcciones que estime necesarios.

c) Proponer a los organismos competentes la adopción de las medidas que se consideren adecuadas para el mejor cumplimiento del objeto del Convenio.

Sexta.-La vigencia del presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 1998. A partir de esa fecha se renovará, automática y sucesivamente, por años completos, salvo denuncia de una de las partes, que deberá ser comunicada a las otras dos con, al menos, un mes de antelación a la fecha de vencimiento. En caso de renovación, las actuaciones a realizar y las aportaciones de cada una de las partes se decidirán en el seno de la Comisión de seguimiento.

De conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado el presente Convenio en la fecha y lugar indicados.-Por el Consejo General del Poder Judicial, Francisco Javier Delgado Barrio.-Por el Ministerio de Justicia, Margarita Mariscal de Gante y Mirón.-Por la Comunidad de Castilla-La Mancha, José Bono Martínez.

ANEXO 1

Órganos judiciales

Provincia / Localidad / Tipo / N.o / Inf. / Rep. / 1997 / 1998

Albacete. / Albacete. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Albacete. / Albacete. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí / Sí

Albacete. / Albacete. / Primera Instancia e Instrucción. / 3 / Sí / Sí

Albacete. / Albacete. / Primera Instancia e Instrucción. / 4 / Sí / Sí

Albacete. / Albacete. / Primera Instancia e Instrucción. / 5 / Sí / Sí

Albacete. / Albacete. / Primera Instancia e Instrucción. / 6 / Sí

Albacete. / Albacete. / Primera Instancia e Instrucción. / 7 / No / C

Albacete. / Albacete. / Audiencia Civil/Penal. / 1 / Sí

Albacete. / Albacete. / Audiencia Civil/Penal. / 2 / Sí

Albacete. / Albacete. / Decanato. / 0 / Sí

Albacete. / Albacete. / Fiscalía. / 0 / No

Albacete. / Albacete. / Menores. / 0 / No / M

Albacete. / Albacete. / Penal. / 1 / Sí / Sí

Albacete. / Albacete. / Penal. / 2 / Sí / Sí

Albacete. / Albacete. / Social. / 1 / No / M

Albacete. / Albacete. / Social. / 2 / No / M

Albacete. / Albacete. / Social. / 3 / No / M

Albacete. / Albacete. / TSJ Civil. / 0 / No / M

Albacete. / Albacete. / TSJ Contencioso. / 1 / Sí / Sí

Albacete. / Albacete. / TSJ Contencioso. / 2 / No / M

Albacete. / Albacete. / TSJ Social. / 0 / No / M

Albacete. / Alcaraz. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Albacete. / Almansa. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / C

Albacete. / Almansa. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Albacete. / Casas-Ibáñez. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Albacete. / Hellín. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Albacete. / Hellín. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Albacete. / La Roda. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / M

Albacete. / Villarrobledo. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Ciudad Real. / Alcázar de San Juan. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí / Sí

Ciudad Real. / Alcázar de San Juan. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Ciudad Real. / Almadén. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Ciudad Real. / Almagro. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Primera Instancia e Instrucción. / 3 / Sí / Sí

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Audiencia Civil/Penal. / 1 / Sí / Sí

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Audiencia Civil/Penal. / 2 / Sí

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Decanato. / 0 / No / M

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Fiscalía. / 0 / No

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Menores. / 0 / No / M

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Penal. / 1 / Sí / Sí

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Penal. / 2 / Sí

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Social. / 1 / No / M

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Social. / 2 / No / M

Ciudad Real. / Ciudad Real. / Vigilancia Penitenciaria. / 0 / No / M

Ciudad Real. / Daimiel. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Ciudad Real. / Manzanares. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí / Sí

Ciudad Real. / Manzanares. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Ciudad Real. / Puertollano. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / C

Ciudad Real. / Puertollano. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Ciudad Real. / Puertollano. / Primera Instancia e Instrucción. / 3 / No / C

Ciudad Real. / Tomelloso. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / C

Ciudad Real. / Tomelloso. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Ciudad Real. / Valdepeñas. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Ciudad Real. / Valdepeñas. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Ciudad Real. / Villanueva de los Infantes. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Cuenca. / Cuenca. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Cuenca. / Cuenca. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Cuenca. / Cuenca. / Primera Instancia e Instrucción. / 3 / Sí

Cuenca. / Cuenca. / Audiencia Civil/Penal. / 1 / Sí / Sí

Cuenca. / Cuenca. / Decanato. / 0 / No / M

Cuenca. / Cuenca. / Fiscalía. / 0 / No

Cuenca. / Cuenca. / Penal. / 0 / Sí

Cuenca. / Cuenca. / Social. / 0 / No / M

Cuenca. / Motilla del Palancar. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / C

Cuenca. / Motilla del Palancar. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Cuenca. / San Clemente. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / C

Cuenca. / San Clemente. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Cuenca. / Tarancón. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / C

Cuenca. / Tarancón. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Guadalajara. / Guadalajara. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Guadalajara. / Guadalajara. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Guadalajara. / Guadalajara. / Primera Instancia e Instrucción. / 3 / Sí

Guadalajara. / Guadalajara. / Primera Instancia e Instrucción. / 4 / Sí

Guadalajara. / Guadalajara. / Audiencia Civil/Penal. / 1 / Sí / Sí

Guadalajara. / Guadalajara. / Decanato. / 0 / No / M

Guadalajara. / Guadalajara. / Fiscalía. / 0 / No

Guadalajara. / Guadalajara. / Penal. / 0 / Sí / Sí

Guadalajara. / Guadalajara. / Social. / 1 / No / M

Guadalajara. / Molina de Aragón. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Guadalajara. / Sigüenza. / Primera Instancia e Instrucción. / 0 / No / C

Toledo. / Illescas. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Toledo. / Illescas. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Toledo. / Ocaña. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí / Sí

Toledo. / Ocaña. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Toledo. / Ocaña. / Vigilancia Penitenciaria. / 0 / Sí

Toledo. / Orgaz. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / M

Toledo. / Orgaz. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / M

Toledo. / Quintanar de la Orden. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / M

Toledo. / Quintanar de la Orden. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / M

Toledo. / Talavera de la Reina. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Toledo. / Talavera de la Reina. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Toledo. / Talavera de la Reina. / Primera Instancia e Instrucción. / 3 / Sí

Toledo. / Talavera de la Reina. / Primera Instancia e Instrucción. / 4 / No / C

Toledo. / Toledo. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / Sí

Toledo. / Toledo. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / Sí

Toledo. / Toledo. / Primera Instancia e Instrucción. / 3 / Sí

Toledo. / Toledo. / Primera Instancia e Instrucción. / 4 / Sí

Toledo. / Toledo. / Audiencia Civil/Penal. / 1 / Sí / Sí

Toledo. / Toledo. / Audiencia Civil/Penal. / 2 / Sí

Toledo. / Toledo. / Decanato. / 0 / No / M

Toledo. / Toledo. / Fiscalía. / 0 / No

Toledo. / Toledo. / Menores. / 0 / No / M

Toledo. / Toledo. / Penal. / 1 / Sí / Sí

Toledo. / Toledo. / Penal. / 2 / Sí / Sí

Toledo. / Toledo. / Social. / 1 / No / M

Toledo. / Toledo. / Social. / 2 / No / M

Toledo. / Torrijos. / Primera Instancia e Instrucción. / 1 / No / C

Toledo. / Torrijos. / Primera Instancia e Instrucción. / 2 / No / C

Nota.-No se detallan los órganos forenses que también están incluidos en el Plan.

ANEXO 2

Modalidades de actuación

1. Informatización de la oficina judicial (proyecto Libra)

En el siguiente cuadro se refleja la situación a 31 de diciembre de 1996. Las cifras representan Juzgados unipersonales, Secciones de las Audiencias, Salas y Secciones del Tribunal Superior de Justicia y Decanatos.

Con sistema informático / Provincia / Nuevo / Antiguo / Total / Sin

informatizar / Total

unidades

Albacete / 7 / 7 / 14 / 14 / 28

Ciudad Real / 6 / 5 / 11 / 16 / 27

Cuenca / 4 / 1 / 5 / 8 / 13

Guadalajara / 4 / 2 / 6 / 4 / 10

Toledo / 11 / 4 / 15 / 12 / 27

Total / 32 / 19 / 51 / 54 / 105

Las actuaciones a incluir en el plan en el marco de este proyecto serían las siguientes:

a) 32 actuaciones de implantación de la nueva aplicación en sistemas existentes, que comprende:

La instalación de la nueva aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

b) 18 actuaciones de reposición de sistemas existentes, que comprenden:

La sustitución del servidor y el SAI.

En su caso, la sustitución de otros elementos y la renovación del cableado.

La instalación de la nueva aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

c) 54 actuaciones de nueva informatización, que comprenden:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La dotación de los equipos para la oficina judicial: Un servidor, un sistema de alimentación ininterrumpida, terminales pantalla/teclado para el Secretario, los Oficiales y los auxiliares y dos impresoras láser.

La instalación de la nueva aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

2. Informatización de la función jurisdiccional (proyecto Corte)

Las actuaciones a incluir en el plan en el marco de este proyecto serían las siguientes:

a) 93 actuaciones en órganos unipersonales, que comprenden:

La dotación de un ordenador personal y una impresora.

La instalación de la aplicación.

La formación necesaria.

b) Tres actuaciones en las Audiencias de Albacete, Ciudad Real y Toledo, que comprenden:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La dotación de los ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de la aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

c) Dos actuaciones en las Audiencias de Cuenca y Guadalajara, que comprenden:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La dotación de los ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de la aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

d) Una actuación en el Tribunal Superior de Justicia, que comprende:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La dotación de los ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de la aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

3. Informatización de las Fiscalías (proyecto Linde)

En el marco de este proyecto se contemplan las siguientes actuaciones:

a) Tres actuaciones en las Fiscalías de Albacete, Ciudad Real y Toledo, que comprenden:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La instalación de un servidor y un sistema de alimentación ininterrumpida.

La dotación de los terminales, ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de las aplicaciones.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

b) Dos actuaciones en las Fiscalías de Cuenca y Guadalajara, que comprenden:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La instalación de un servidor y un sistema de alimentación ininterrumpida.

La dotación de los terminales, ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de las aplicaciones.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

Las actuaciones anteriores incluyen en cada caso las adscripciones que existan.

4. Informatización de los órganos forenses

A falta por el momento de un modelo específico para la informatización de estas unidades y puesto que en cualquier caso el importe de estas actuaciones no va a ser relevante dentro del conjunto del plan, se considera que las dotaciones necesarias pueden estudiarse y decidirse en el curso de la ejecución del mismo.

Contenido del plan: A continuación se identifican, describen y cuantifican las operaciones previstas:

Tipo / Descripción y cuantificación

A / Implantación de Libra en 32 órganos ya informatizados.

B / Reposición parcial del sistema existente e implantación de Libra en 19 órganos ya informatizados.

C / Nueva informatización con Libra en 54 órganos.

D / Nueva informatización con Corte en 93 Juzgados unipersonales.

E / Nueva informatización con Corte en las Audiencias de Albacete, Ciudad Real y Toledo.

F / Nueva informatización con Corte en las Audiencias de Cuenca y Guadalajara.

G / Nueva informatización con Corte del Tribunal Superior de Justicia.

H / Nueva informatización con Linde de las Fiscalías de Albacete, Ciudad Real y Toledo.

I / Nueva informatización con Linde de las Fiscalías de Cuenca y Guadalajara.

Presupuesto (cifras en millones de pesetas):

Distribución por órganos / Tipo de

operación / Número de

actuaciones / Importe

unitario / Importe

global / Juzgados / Audiencias / TSJ / Clase de

proyecto

A / 32 / 0,4 / 12,8 / 12 / 0,8 / - / Libra.

B / 19 / 1,2 / 22,8 / 14,4 / 7,2 / 1,2 / Libra.

C / 54 / 2,1 / 113,4 / 107,1 / - / 6,3 / Libra.

D / 93 / 0,3 / 27,9 / 27,9 / - / - / Corte.

E / 3 / 3,1 / 9,3 / - / 9,3 / - / Corte.

F / 2 / 2,1 / 4,2 / - / 4,2 / - / Corte.

G / 1 / 4,6 / 4,6 / - / - / 4,6 / Corte.

H / 3 / 6,7 / 20,1 / - / - / - / Linde.

I / 2 / 4,7 / 9,4 / - / - / - / Linde.

Total / 224,5

Resumen por proyectos y tipos de órgano:

Juzgados / Audiencia / TSJ / Fiscalía / Total

Proyecto Libra / 133,5 / 8 / 7,5 / - / 149

Proyecto Corte / 27,9 / 13,5 / 4,6 / - / 46

Proyecto Linde / - / - / - / 29,5 / 29,5

Total / 161,4 / 21,5 / 12,1 / 29,5 / 224,5

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid