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Documento BOE-A-1998-4518

Resolución 452/38123/1998, de 12 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se convocan plazas para prestar el servicio militar en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando para la reserva del servicio militar.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 1998, páginas 6735 a 6743 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1998-4518

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.2 de la Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, del Servicio Militar; en el ar- tículo 27 del Real Decreto 1107/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Reclutamiento, y el Real Decreto 1410/1994, de 25 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Militar, vengo en disponer lo siguiente:

Primero.-Convocar 1.406 plazas para prestar el servicio militar en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando para la reserva del servicio militar, de conformidad con el artículo 4 de la Orden 209/1997, de 29 de octubre, por el que se efectúa la distribución de efectivos del reemplazo de 1998.

Segundo.-La distribución de las plazas por Ejércitos, Armas, Cuerpos y Especialidades es la que figura en el anexo I a esta Resolución.

Tercero.-El proceso selectivo y los períodos de formación y prácticas se regirán por las bases y disposiciones que figuran en los anexos II y III.

Madrid, 12 de febrero de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.

ANEXO I

Distribución de las plazas convocadas

La distribución de las plazas por Armas, Cuerpos y Especialidades, entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, es la que se indica a continuación:

1. Ejército de Tierra

Plazas / Subtotal / Total

Cuerpo General de las Armas

Infantería / 300

Caballería / 91

Artillería de Campaña / 90

Artillería Antiaérea / 49

Artillería de Costa / 16

Ingenieros Zapadores / 60

Ingenieros de Transmisiones / 87 / 693

Cuerpo de Ingenieros Politécnicos,

Escala Técnica

Construcción / 23

Telecomunicaciones y Electrónica / 4 / 27

Cuerpo Militar de Sanidad

Medicina / 110

Farmacia / 18

Veterinaria / 22

Diplomado universitario en Enfermería / 30 / 180

Total / 900

2. Armada

Plazas / Subtotal / Total

Cuerpo General / 30

Cuerpo de Infantería de Marina / 30

Cuerpo de Intendencia / 30 / 90

Cuerpo de Ingenieros

Navales / 10

Armas Navales / 10

Electricidad / 10 / 30

Cuerpo de Especialistas

Maniobra y Navegación / 5

Armas / 5

Operaciones / 5

Energía y Propulsión / 10

Administración y Servicios / 10 / 35

Cuerpo Militar de Sanidad

Medicina / 4

Diplomado universitario en Enfermería / 7 / 11

Total / 166

3. Ejército del Aire

Formación / 1.a tanda / 2.a tanda / Total

Cuerpo General / 147 / 147 / 294

Cuerpo de Intendencia / 4 / 4 / 8

Cuerpo de Ingenieros, Escala Superior / 13 / 13 / 26

Cuerpo de Ingenieros, Escala Técnica / 6 / 6 / 12

Total / 170 / 170 / 340

ANEXO II

Bases de la convocatoria

1. Objeto

1.1 Regular el proceso selectivo para cubrir un total de 1.406 plazas para realizar el servicio militar en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando para la reserva del servicio militar.

1.2 Establecer los períodos de formación y prácticas para la realización del servicio militar.

2. Requisitos para participar en la oferta de plazas

2.1 Generales:

a) Ser español y varón.

b) Tener concedido el aplazamiento por prórroga de incorporación al servicio militar o ampliación de la misma de las contempladas en el artículo 55 del Reglamento de Reclutamiento.

c) Cumplir en el año 1998 veinticinco años, como máximo.

d) Acreditar buena conducta ciudadana, conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, según modelo del apéndice I.

e) No haber causado baja con anterioridad en el servicio militar.

f) Haber superado, al menos, un primer ciclo completo de enseñanzas conducentes a la obtención de cualquiera de los títulos universitarios oficiales establecidos, y validez en todo el territorio nacional, conforme al plan de estudios de la Universidad correspondiente, española o extranjera, debidamente homologado por el Ministerio de Educación y Cultura, o sujeto a Directivas comunitarias. No obstante, para las enseñanzas de sólo primer ciclo que incluyan trabajo o proyecto de fin de carrera, podrán también solicitarlo quienes tengan exclusivamente éste pendiente, siempre que puedan acreditar su realización antes de la fecha de solicitud del período de prácticas.

g) No tener adquirida la condición de objetor de conciencia ni estar en trámite su adquisición.

2.2 Específicos:

a) Ejército de Tierra:

1. Cuerpo General de las Armas.-Tendrán prioridad aquellos que cursen o hayan cursado las carreras que a continuación se indican para cada especialidad, teniendo en cuenta que para hacer valer la prioridad deben solicitarlo en primera opción en el apéndice II:

Para la especialidad de Artillería de Campaña: Ingeniero Industrial, Ingeniero Técnico Industrial (cualquier especialidad), Ingeniero Técnico en Topografía, Licenciado en Matemáticas y Licenciado en Química.

Para la especialidad de Artillería Antiaérea: Ingeniero Aeronáutico e Ingeniero Técnico Aeronáutico (cualquier especialidad), Ingeniero en Informática e Ingeniero Técnico en Informática (Gestión o Sistemas), Licenciado en Física y Diplomado en Óptica y Optometría.

Para la especialidad de Artillería de Costa: Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero Técnico Naval (cualquier especialidad), Ingeniero Electrónico y Diplomado en Estadística.

Para la especialidad de Ingenieros Zapadores: Con prioridad absoluta Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero Técnico de Obras Públicas (cualquier especialidad) y con prioridad, indistintamente, Arquitecto y Arquitecto Técnico, Ingeniero de Minas e Ingeniero Técnico de Minas (cualquier especialidad).

Para la especialidad de Ingenieros de Transmisiones: Con prioridad absoluta Ingeniero de Telecomunicación e Ingeniero Técnico de Telecomunicación (cualquier especialidad), y con prioridad, indistintamente, Ingeniero en Informática e Ingeniero Técnico en Informática (cualquier especialidad) e Ingeniero Industrial e Ingeniero Técnico Industrial (cualquier especialidad).

2. Cuerpo de Ingenieros Politécnicos, Escala Técnica.-Exclusivamente para los que cursen o hayan cursado las carreras que a continuación se indican para cada especialidad, en la proporción que para cada carrera se establece y teniendo en cuenta que para hacer valer la prioridad deben solicitarse en primera opción en el apéndice II:

Para la especialidad de Construcción: Ingenieros Técnicos de Obras Públicas (ocho plazas), Arquitectos o Arquitectos Técnicos (10 plazas), Ingenieros Técnicos Industriales (cinco plazas). Caso de no cubrirse las plazas de alguna de estas carreras, se adjudicarán a cualquiera de las otras dos proporcionalmente a los cupos correspondientes.

Para la especialidad de Telecomunicaciones y Electrónica: Ingeniero Técnico de Informática (cuatro plazas).

3. Cuerpo Militar de Sanidad.-La especialidad de Medicina sólo podrán solicitarla los que hayan finalizado la carrera de Medicina y Odontología, así como aquellos que puedan finalizarla antes de la fecha de solicitud del período de prácticas.

Las especialidades de Farmacia y Veterinaria podrán solicitarlas los licenciados en ellas, respectivamente, así como aquellos que puedan obtenerla antes de la fecha de solicitud del período de prácticas.

La especialidad de Enfermería se cubrirá exclusivamente con los que hayan cursado la diplomatura universitaria en Enfermería.

En todos los casos, para hacer valer su prioridad, deberán solicitarlas en primera opción en el apéndice II.

Las plazas del Cuerpo Militar de Sanidad que no se cubran pasarán a incrementar las asignadas al Cuerpo General de las Armas, en las especialidades fundamentales de Infantería y Caballería, proporcionalmente a los cupos señalados anteriormente.

b) Armada:

1. Cuerpo General.-Podrán solicitarlo quienes hayan cursado estudios de Náutica y Transporte Marítimo o de Navegación Marítima, que tendrán preferencia absoluta, o de Ingeniería, Arquitectura, Matemáticas, Física, Química o Informática.

2. Cuerpo de Infantería de Marina.-Podrán solicitarlo quienes cumplan los requisitos del apartado 2.1.f) anterior, excepto los que cursen o hayan cursado estudios de Náutica y Transporte Marítimo, Navegación Marítima, Radioelectrónica Naval o Máquinas Navales y los que cursen o hayan cursado estudios correspondientes al Cuerpo Militar de Sanidad.

3. Cuerpo de Intendencia.-Podrán solicitarlo quienes cursen o hayan cursado estudios de Economía, Derecho, Administración y Dirección de Empresas y Ciencias Actuariales y Financieras.

4. Cuerpo de Ingenieros.-Las especialidades de este Cuerpo podrán solicitarlas quienes hayan finalizado o puedan finalizarlas antes del inicio del período de prácticas, las siguientes carreras:

Navales: Ingeniero Naval y Oceánico.

Armas Navales: Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero Aeronáutico, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero Industrial, Ingeniero de Telecomunicación, Ingeniero en Informática, Arquitecto.

Electricidad: Ingeniero Industrial, Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, Ingeniero en Electrónica e Ingeniero de Telecomunicación.

5. Cuerpo de Especialistas.-Las especialidades de este Cuerpo podrán solicitarlas quienes cursen o hayan cursado las siguientes carreras:

Maniobra y Navegación, Armas y Operaciones: Náutica y Transporte Marítimo, Navegación Marítima, Radioelectrónica Naval, que tendrán preferencia absoluta, Matemáticas, Física, Química, cualquier Ingeniería, Óptica y Optometría, Informática, Arquitectura, Maestro (especialidad Educación Física), Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

La especialidad de Maniobra y Navegación podrán solicitarla también quienes cursen estudios de Ciencias del Mar, Biología, Topografía o Geografía.

Energía y Propulsión: Máquinas Navales, que tendrán preferencia absoluta, Física, Química, Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero Técnico Naval, Ingeniero o Ingeniero Técnico Aeronáutico, Ingeniero o Ingeniero Técnico de Minas.

Administración y Servicios: Estadística, Ingeniero o Ingeniero Técnico en Informática, cualquiera de las carreras de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades.

6. Cuerpo Militar de Sanidad.-Las plazas de este Cuerpo podrán solicitarlas quienes hayan finalizado, respectivamente, la carrera de Medicina, así como aquellos que puedan finalizarla antes del inicio del período de prácticas, o hayan obtenido el diploma universitario en Enfermería, según corresponda.

Las plazas de los Cuerpos que no se cubran pasarán a incrementar, de forma proporcional, las asignadas al Cuerpo General, Infantería de Marina, Intendencia, Especialistas, Ingenieros y Sanidad (Medicina y DUE).

c) Ejército del Aire:

1. Cuerpo General del Ejército del Aire.-De las 294 plazas asignadas al Cuerpo General, se reservarán 164 para ser cubiertas, preferentemente, al 50 por 100 en cada una de las tandas, por aquellos que cursen o hayan cursado los estudios siguientes:

Cien para Arquitectos, Ingenieros Aeronáuticos, Ingenieros Industriales, Ingenieros en Informática, Ingenieros de Telecomunicación, Arquitectos Técnicos, Ingenieros Técnicos y Aeronáuticos, Ingenieros Técnicos Industriales (especialidades Electrónica Industrial, Electricidad, Mecánica o Química Industrial), Ingenieros Técnicos en Informática, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas (especialidad Construcciones Civiles), Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (especialidad Sistemas Electrónicos o Telecomunicación) o Ingenieros Técnicos en Topografía.

Cuatro para Licenciados en Farmacia.

Catorce para Licenciados en Medicina.

Catorce para Licenciados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

Seis para Licenciados en Periodismo o Publicidad y Relaciones Públicas.

Veinticuatro para Licenciados en Psicología.

Dos para Ingenieros Técnicos en Topografía.

El resto de las plazas del Cuerpo General se cubrirán, por orden de puntuación, entre todos los aspirantes que reúnan los requisitos de la presente convocatoria. Si alguna de las plazas reservadas para el Cuerpo General no se cubriera, pasarán a incrementar las plazas del mismo Cuerpo sin reserva.

2. Cuerpo de Intendencia.-Podrán solicitarlo quienes cursen o hayan cursado estudios de Licenciado en Economía, Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o Licenciado en Administración o Dirección de Empresas.

3. Cuerpo de Ingenieros, Escala Superior.-Podrán solicitarlo quienes cursen o hayan cursado estudios de Ingeniero Aeronáutico. Será condición indispensable tener aprobados, como mínimo, los cinco primeros cursos de la carrera respectiva.

4. Cuerpo de Ingenieros, Escala Técnica.-Podrán solicitarlo los Ingenieros Técnicos Aeronáuticos que se encuentren en posesión de dicho título.

Las plazas de los Cuerpos de Intendencia o Cuerpo de Ingenieros que no se cubran pasarán a incrementar las asignadas al Cuerpo General.

3. Instancias

3.1 Solamente se podrá solicitar la admisión a las pruebas de selección de un Ejército. Las instancias, ajustadas al modelo del apéndice V y dirigidas al Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar, se presentarán en el Centro de Reclutamiento al que pertenezcan los interesados, quienes las remitirán diariamente a la Dirección de Enseñanza del Ejército respectivo.

3.2 El plazo de admisión de instancias se cerrará a los veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". La publicación de la lista de admitidos y excluidos se considerará como acuse de recibo.

3.3 Los aspirantes remitirán con la instancia los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, por ambas caras.

b) Certificación académica, o fotocopia compulsada de la misma, preferentemente según el modelo del apéndice IV, que acredite textualmente que el solicitante ha superado el primer ciclo completo, o a falta exclusivamente del proyecto fin de carrera, del plan de estudios conducente a la obtención del título universitario que se refiera, y expresando a continuación:

Nota media numérica del primer ciclo, o calificaciones de cada una de las materias correspondientes al mismo, según el plan de estudios homologado. En el caso de calificaciones literales, se valorará del modo siguiente:

Aprobado: 5.

Notable: 7.

Sobresaliente: 9.

Matrícula de honor: 10.

Además, y por ser objeto de valoración, podrán figurar separadamente:

1. Calificación definitiva de la prueba de aptitud para el acceso a la Universidad.

2. Cursos completos superados, a partir del primer ciclo de la carrera.

3. Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.

4. Título de Doctor.

c) Fotocopia de la última notificación de tener concedido aplazamiento por prórroga de incorporación al servicio militar.

d) Tres fotografías iguales y de fecha reciente, tamaño carné, de frente y descubierto, estampando al dorso, con caracteres legibles, nombre, apellidos y número de documento nacional de identidad.

e) Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes.

f) Manifestación de preferencias, según modelo del apéndice II.

g) Declaración complementaria indicada en el apartado d) de la base 2 de esta Resolución, según modelo del apéndice I.

Los documentos en fotocopia deberán estar compulsados, pudiendo realizar este trámite los Centros de Reclutamiento donde los aspirantes hagan entrega de sus solicitudes.

3.4 Terminado el plazo de presentación de instancias, el Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en el plazo máximo de treinta días naturales, una Resolución, en la que se indicará:

a) "Boletín Oficial de Defensa" en el que se ha publicado la lista de admitidos.

b) Lista de excluidos.

c) Plazo de subsanación de errores que se concede a los aspirantes excluidos, de acuerdo con lo especificado en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" número 285).

d) El lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

e) Orden de actuación de los aspirantes.

4. Pruebas de selección

El proceso selectivo constará de una fase de concurso y una fase de oposición.

4.1 Fase de concurso.-Consistirá en la valoración de los méritos académicos de los admitidos a las pruebas, de acuerdo con el baremo que figura en el punto 4.4.a).

4.2 Fase de oposición.-Comprenderá las siguientes pruebas y por este orden:

Primera: Psicológica, que constará, a su vez, de dos partes:

Parte primera: Prueba de evaluación personalizada que evaluará la capacidad de los aspirantes para obtener el rendimiento académico y militar requerido, mediante pruebas que midan especialmente factores intelectuales y aptitudinales.

Parte segunda: Prueba de personalidad, que evaluará el estado psicológico de los aspirantes y será previa al reconocimiento médico.

Segunda: Reconocimiento médico con arreglo al cuadro médico de exenciones y aplazamientos del Reglamento de Reclutamiento.

Tercera: Aptitud física, de acuerdo con lo establecido en el apéndice III de estas bases.

Los Centros de Reclutamiento podrán expedir a los aspirantes admitidos que lo soliciten, pasaporte de ida y regreso para realizar estas pruebas.

4.3 Desarrollo de las pruebas:

a) Por delegación del Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar, los Directores de Enseñanza del Ejército correspondiente constituirán los Tribunales de selección y adoptarán las disposiciones necesarias para el desarrollo de las pruebas.

Los Tribunales tendrán la categoría que el Ministerio de administraciones Públicas establezca de acuerdo con la legislación vigente.

b) Serán excluidos de las pruebas quienes no comparezcan en el día y hora señalados para la realización de las mismas, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el correspondiente Tribunal. La justificación de no comparecencia deberá efectuarse, como máximo, antes de finalizar las pruebas de admisión.

c) En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en el punto 2.1 de estas bases, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Director de Enseñanza, quien, en su caso, pondrá en conocimiento del Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar las inexactitudes o falsedades cometidas, a los efectos procedentes.

d) En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad.

e) La falta de respeto al Tribunal o a algunos de sus miembros, en su condición de componentes del mismo y con ocasión de los exámenes, será juzgada por el propio Tribunal, decidiendo si debe o no causar baja el aspirante implicado, en cuyo caso su decisión será firme. Del acuerdo se levantará acta, elevándose al Director de Enseñanza del Ejército respectivo, a los efectos que procedan.

Si la falta fuera cometida durante el examen, el Presidente del Tribunal podrá disponer en el acto la expulsión del aspirante, dando después cuenta al Director de Enseñanza del Ejército respectivo, a los efectos antes citados.

4.4 Calificación de las pruebas:

a) Fase de concurso.-El expediente académico se valorará de la siguiente forma:

1. Prueba de aptitud para el acceso a la Universidad:

Calificaciones de 5 a 6,99: 1 punto.

Calificaciones de 7 a 8,99: 2 puntos.

Calificaciones de 9 a 10: 3 puntos.

2. Nota media del primer ciclo de enseñanza universitaria: En el caso de calificaciones literales se valorará de acuerdo con lo dispuesto en el punto 3.3 de la presente Resolución.

3. Se sumará 1 punto por cada uno de los conceptos siguientes:

Curso completo aprobado a partir del segundo o tercero (ambos exclusive), para enseñanzas universitarias cuyo primer ciclo sea de dos o tres años, respectivamente.

Licenciatura o título de Arquitecto o Ingeniero.

Doctorado (entregado y aprobado).

La valoración de la nota de concurso será el resultado de la suma de los puntos 1, 2 y 3 anteriores.

b) Fase de oposición.

Primera: Psicológica.

Parte primera: Se calificará de 0 a 10, de acuerdo con las características psicométricas de las pruebas.

Parte segunda: No puntuará.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la prueba psicológica más la valoración del expediente académico. Estas calificaciones se clasificarán por orden de puntuación, pasando a realizar las pruebas segunda y tercera un número de aspirantes igual al total de plazas ofertadas por especialidad, más un 50 por 100 de cada una de ellas en función del puesto obtenido en base a esta calificación, teniendo en cuenta las prioridades a que hace referencia la base 2.2.

Segunda: Reconocimiento médico: Apto o no apto.

Tercera: Aptitud física: Apto o no apto. Será condición imprescindible para resultar apto, alcanzar un mínimo de 1 punto en cada ejercicio y 24 en el conjunto de los mismos.

c) Las calificaciones finales del concurso-oposición, obtenidas por el procedimiento descrito en el apartado 4.4.b), se ordenarán de mayor a menor para los aspirantes que hayan resultado aptos en la tercera prueba de la fase de oposición. A continuación, se establecerá la correspondencia entre las puntuaciones y los aspirantes. La asignación de las plazas se hará asignando primeramente las prioridades de las titulaciones señaladas en el apartado a), b) o c) de la base 2.2 y posteriormente el resto, siempre por orden de puntuación y atendiendo a las preferencias manifestadas en el apéndice II. Esta asignación de plazas determinará la relación provisional de admitidos.

4.5 Exposición de listas.14Terminadas las pruebas de selección, las listas de seleccionados con carácter provisional, se expondrán en los Centros de Reclutamiento. Los interesados dispondrán de diez días naturales contados a partir de la fecha de exposición para posibles reclamaciones o rectificaciones, que harán llegar a través de dichos Centros a los Directores de Enseñanza respectivos. Posteriormente, subsanados los posibles errores, los solicitantes que hayan sido seleccionados definitivamente serán nombrados alumnos aspirantes y la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar publicará en el "Boletín Oficial del Estado" la relación de seleccionados.

En ningún caso se podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas de selección un número de aspirantes superior al de plaza convocadas.

ANEXO III

Formación básica y en prácticas

1. Objeto

1.1 Establecer los períodos de formación básica y en prácticas para la realización del servicio militar en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando para la reserva del servicio militar.

1.2 Desarrollar, con carácter general, los criterios de formación en los centros de formación y de las prácticas en las unidades, centros y organismos que se determinen.

2. Período de formación básica

2.1 Finalidad: Instruir a los alumnos aspirantes en las materias, tanto comunes como específicas, para poder desarrollar con posterioridad los cometidos propios de su empleo y especialidad.

Durante el primer ciclo de formación serán instruidos en las materias que figuran en el Plan General de Instrucción y Adiestramiento, como instrucción básica del combatiente, igual que el resto del personal que forma parte del reemplazo anual, y además en la instrucción específica de formación de cuadros de mando.

Durante el segundo ciclo de formación serán instruidos en las generalidades de las materias específicas correspondientes a los Cuerpos, Escalas y Especialidades.

2.2 Los Centros de Reclutamiento pasaportarán a los alumnos aspirantes para su incorporación hasta los Centros de Formación. Harán el viaje por cuenta del Estado.

2.3 Los ciclos de formación se realizarán en los siguientes centros y fechas:

a) Ejército de Tierra:

1. Primer ciclo, del 1 de septiembre al 1 de noviembre de 1998, CEFIVE número 1, Rabasa (Alicante).

2. Segundo ciclo, del 2 al 30 de noviembre de 1998:

Academia de Infantería, Toledo.

Academia de Caballería, Valladolid.

Academia de Artillería, Segovia y Cádiz (Costa).

Academia de Ingenieros, Hoyo de Manzanares (Madrid).

Escuela Militar de Sanidad, Madrid.

Escuela Politécnica Superior del Ejército, Madrid.

En ambos ciclos efectuarán su presentación antes de las diez horas de los días señalados.

b) Armada:

1. Primer y segundo ciclo se realizarán en la Escuela Naval Militar de Marín (Pontevedra), del 1 de septiembre al 27 de noviembre de 1998.

c) Ejército del Aire: El período de formación básica se realizará en el Ala 78, Base Aérea de Armilla (Granada), en dos tandas de 170 aspirantes, de acuerdo con la puntuación obtenida, de mayor a menor, y las preferencias manifestadas por los aspirantes, en las fechas siguientes:

Primera tanda: Del 3 de septiembre al 28 de noviembre de 1998.

Segunda tanda: Del 14 de diciembre de 1998 al 3 de marzo de 1999.

2.4 La no incorporación al Centro de Formación en el día indicado sin causa justificada motivará la incoación de un procedimiento por incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el reclutamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de Reclutamiento.

2.5 Los que superen el período de formación serán nombrados Alféreces o Alféreces de Fragata eventuales, por Resolución del Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar, escalafonándose según las puntuaciones obtenidas.

3. Período de formación en prácticas

3.1 Finalidad: Continuar la formación práctica en las bases, buques, acuartelamientos, centros y organismos que determinen los respectivos Cuarteles Generales y aplicar los conocimientos adquiridos durante el período de formación básica.

Los Alféreces o Alféreces de Fragata eventuales en prácticas durante este período desarrollarán los cometidos correspondientes a su empleo y especialidad. Tras el período inicial de tutela en sus funciones y cometidos, cuya duración será fijada por el Jefe de la Unidad, las posteriores actividades que desarrollen serán supervisadas por los Oficiales profesionales responsables de ellas. Se exceptúan los pertenecientes al Cuerpo Militar de Sanidad que durante este período realizarán los mismos cometidos que los Oficiales profesionales del mismo Cuerpo.

3.2 Los períodos de prácticas tendrán una duración de seis meses sin solución de continuidad, día a día, y se iniciarán en las fechas que a continuación se señalan:

a) Ejército de Tierra:

Primer período de prácticas: Primer semestre de 1999.

Segundo período de prácticas: Segundo semestre de 1999.

El primer período de prácticas deberá solicitarse en la Academia o Escuela respectiva, al finalizar el segundo ciclo de formación.

El período de prácticas deberá solicitarse en las Jefaturas Logísticas correspondientes, durante el mes de marzo de 1999, excepto especialidades de Medicina, Farmacia y Veterinaria, que podrán hacerlo también en septiembre de 1999 y marzo de 2000, por exigírseles la carrera terminada.

b) Armada: El período de prácticas comenzará al finalizar el ciclo de formación básica.

Dicho período se realizará en los buques, unidades y organismos que a continuación se indican:

Cuerpo General: Buques.

Infantería de Marina: Tercios y agrupaciones.

Ingenieros: Arsenales y Base Naval de Rota.

Intendencia: Zonas marítimas, arsenales y flota.

Especialistas:

Maniobra y Navegación, Operaciones y Armas: Buques.

Energía y Propulsión: Buques.

Administración y Servicios: Zonas marítimas, arsenales y centros y gabinetes de psicología.

Cuerpo Militar de Sanidad: Buques y hospitales.

Los estudiantes de Educación Física podrán ser destinados a Escuelas, Cuarteles de Instrucción y Tercio de Armada de San Fernando (Cádiz).

Las vacantes se publicarán en el "Boletín Oficial de Defensa" y su asignación se efectuará por orden de antigüedad.

c) Ejército del Aire: Se realizará en las unidades, centros u organismos que se determinen y se iniciará en las fechas siguientes:

Para los que realicen la formación básica en la primera tanda: Primer semestre de 1999.

Para los que realicen la formación básica en la segunda tanda: Segundo semestre de 1999.

Las vacantes se comunicarán al Ala 78 para conocimiento de los alumnos en el momento oportuno y su asignación se efectuará por orden de antigüedad.

4. Bajas

4.1 El personal admitido en el servicio para la formación de cuadros de mando podrá causar baja por resolución judicial o gubernativa o por alguna de las causas siguientes:

1.a Por falta de aptitud o incapacidad para el desempeño de su cometido.

2.a Por haber ingresado no reuniendo las condiciones exigidas.

3.a Por contraer o manifestársele enfermedad de las previstas en el cuadro médico de exenciones o aplazamientos, anexo al Reglamento de Reclutamiento.

4.a Por no obtener la titulación exigida antes de finalizar el plazo de solicitudes de prácticas.

4.2 Para resolver estas bajas será competente el Subsecretario de Defensa y se requerirá la incoación del oportuno expediente, con audiencia del interesado.

4.3 Los que causen baja en los casos previstos en el punto anterior deberán completar, en su caso, los nueve meses como Soldados o Marineros de reemplazo en la demarcación territorial del propio Ejército que designe el Subsecretario de Defensa.

5. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal de selección podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, del 27).

APÉNDICE I

Declaración de conducta ciudadana, complementaria

de certificación de antecedentes penales

Don con documento nacional de identidad número expedido, en , el de de 199 , domicilio , número municipio , provincia

Por la presente, bajo mi responsabilidad,

DECLARO:

a) Que se encuentra inculpado o procesado *.

b) Que se le ha aplicado medida de seguridad y que está implicado en diligencias seguidas en procedimiento fundado en la Ley de Peligrosidad Social *.

c) Que ha sido condenado en juicio de faltas durante los tres años inmediatamente anteriores a esta declaración *.

d) Que se le ha impuesto sanción gubernativa en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha, como consecuencia de expediente administrativo sancionador, por hechos que guarden relación directa con el objeto del expediente en el que se exige la certificación e informe de conducta *.

Y para que conste en expediente sobre documentación para tomar parte en la selección para ingreso en la instrucción militar para la formación de cuadros de mando de las Fuerzas Armadas, firmo la presente declaración, complementaria de la certificación de antecedentes penales que acompaño.

En , a de de 19

(Firma y rúbrica)

* De resultar afirmativo alguno de los supuestos, hacer constar órgano jurisdiccional o autoridad gubernativa que haya seguido diligencias, impuesto medidas de seguridad o hubiere sancionado. No serán objeto de declaración las sanciones gubernativas por actos meramente imprudentes ni las procedentes de infracciones de tráfico.

APÉNDICE II

Manifestación de preferencias

Solicitantes Ejército de Tierra

Don , con documento nacional de identidad número , manifiesta que desea prestar el servicio militar en:

Orden

de petición / Especialidad (1)

01. Infantería

02. Caballería

03. Artillería de Campaña

04. Artillería Antiaérea

05. Artillería de Costa

06. Ingenieros Zapadores

07. Ingenieros de Transmisiones

08. Construcción

09. Telecomunicaciones y Electrónica

10. Medicina

11. Farmacia

12. Veterinaria

13. Enfermería

, a de de 199

(Firma y rúbrica)

(1) Se señalarán, por orden de preferencia, las especialidades elegidas, teniendo en cuenta los requisitos específicos del punto 2.2 del anexo II.

Solicitantes Armada

Don

con documento nacional de identidad número expedido en , el de de 19 , domicilio , número municipio , provincia

Manifiesta que desea prestar el servicio militar en:

Cuerpo (1):

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

12.

, a de de 199

(Firma y rúbrica)

(1) Señalar por orden de preferencia los Cuerpos en que se desea prestar el servicio militar, teniendo en cuenta los requisitos exigidos para cada uno de ellos en la base 2.2 de la convocatoria.

Solicitantes Ejército del Aire

Don con documento nacional de identidad número expedido, en , el de de 19 , domicilio , número municipio , provincia

1. Manifiesta que desea prestar el servicio militar, teniendo en cuenta los requisitos específicos exigidos en la base 2.2 de la convocatoria, en el Cuerpo de:

1.o

2.o

NOTA: De no cumplimentar este apartado se entenderá que únicamente opta a las plazas del Cuerpo General.

2. Desea incorporarse, preferiblemente, en la tanda:

NOTA: Indicar primera o segunda (se atenderá esta preferencia siempre que lo permita la puntuación obtenida).

De no cumplimentar esta preferencia, se le asignará la tanda en la que existan vacantes hasta completar las plazas asignadas para cada una ellas en la distribución del anexo I.

, a de de 199

(Firma y rúbrica)

APÉNDICE III

Prueba de aptitud física

La prueba de aptitud física consiste en la realización de los seis ejercicios que se detallan a continuación. Para obtener la calificación de "apto" será condición indispensable alcanzar un mínimo de 1 punto en cada uno de los seis ejercicios y 24 en el total de la prueba.

Ejercicio A: Suspendido en barra, flexión y extensión de brazos. La suspensión se hará con palmas al frente y una separación de manos igual a la de los hombros. Desde la suspensión pura se flexionarán los brazos, sin balanceos ni elevación de rodillas, hasta que la línea de los ojos, con la cabeza en posición normal, pase al borde superior de la barra. Dichas flexiones se harán de una forma continuada, sin detenciones.

Ejercicio B: Extensión de brazos desde tendido prono. Desde la posición de tendido prono, las palmas de las manos apoyadas sobre el suelo, debajo de los hombros y con los dedos dirigidos hacia dentro, se hará una extensión completa de brazos, manteniendo en el mismo plano la cabeza, línea de hombros, línea de caderas y piernas. Éstas se mantendrán juntas, con los pies apoyados en el suelo sobre las puntas. En la flexión se llegará a colocar el pecho hasta unos 5 centímetros, como máximo, del suelo, pudiendo llegar a tocar éste sin apoyar. El ejercicio se hará de una forma continuada, sin detenciones.

Ejercicio C: Salto de longitud sin carrera previa. Se hará sobre foso de arena y desde una plataforma rectangular de madera o cemento, de dimensiones suficientes para la colocación de los pies. Puestos éstos sobre dicha plataforma, con una separación lateral normal, a voluntad del actuante, se efectuará el salto hacia adelante, para caer sobre los pies en el foso de arena.

Durante los ejercicios de coordinación, previos al salto, de flexiones de piernas y tronco, no deben separarse del suelo ninguno de los dos pies. La distancia alcanzada se medirá desde la parte anterior de la plataforma de despegue a la última huella marcada en el foso de la arena con los pies o cualquier otra parte del cuerpo. Se efectuarán tres intentos sucesivos, puntuando el máximo alcanzado.

Ejercicio D: Salto de altura con escala graduada. Se colocará el actuante lateralmente a una escala vertical, de 1,80 metros del suelo hacia arriba. Elevará el brazo cercano a la escala con la mano abierta, para señalar la altura alcanzada. Efectuará un salto vertical, marcando con la mano en la referida escala la altura lograda. La diferencia entre la marca de "en pie" a la del "salto" será expresada en centímetros para su calificación. Durante los movimientos de coordinación, previos al salto, no se moverán ni se separarán los pies del suelo. Se efectuarán tres intentos consecutivos, puntuando la mayor de la marcas alcanzada.

Ejercicio E: Carrera de velocidad de 60 metros lisos. La salida se efectuará en pie a las voces de "a sus puestos", "listos", "ya", o toque de silbato.

Ejercicio F: Carrera de 1.000 metros lisos. La salida se efectuará como la descrita en el ejercicio anterior.

Tabla de puntuación de los ejercicios

Ejercicios / A / B / C / D / E / F / Puntos

11 / 16 / 42 / 2,70 / 80 / 7" / 2'50"

10 / 14 / 38 / 2,60 / 75 / 7"3 / 3'

9 / 12 / 34 / 2,50 / 70 / 7"6 / 3'10"

8 / 10 / 30 / 2,40 / 65 / 7"9 / 3'20"

7 / 8 / 26 / 2,30 / 60 / 8"2 / 3'25"

6 / 7 / 23 / 2,20 / 55 / 8"4 / 3'30"

5 / 6 / 20 / 2,15 / 50 / 8"6 / 3'40"

4 / 5 / 17 / 2,10 / 45 / 8"8 / 3'50"

3 / 4 / 14 / 2,05 / 40 / 9" / 4'

2 / 3 / 12 / 2,00 / 35 / 9"3 / 4'10"

1 / 2 / 10 / 1,90 / 30 / 9"6 / 4'20"

APÉNDICE IV

Certificación académica

Don , Secretario académico de la (1)

de la Universidad de

(2)

CERTIFICA: Que según consta en los archivos de esta Secretaría, don con documento nacional de identidad número , tiene aprobada la totalidad de las asignaturas de que consta el primer ciclo de estudios universitarios, habiendo obtenido las siguientes calificaciones medias:

Prueba de acceso a la Universidad

Primer ciclo de estudios universitarios

Teniendo aprobados completos los cursos que se expresan:

Tercer curso (3)

Cuarto curso

Quinto curso

Sexto curso

Licenciatura, título de

Arquitecto o Ingeniero

Doctorado

Para que conste a efectos de convocatoria para prestar el servicio militar en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando.

, a de de 199

V.o B.o,

EL DECANO

(Sello)

Nota: Las calificaciones serán preferentemente numéricas. En caso de calificaciones literales, se aplicará la base 3.3.b) del anexo II.

(1) Nombre de la Facultad, Escuela Superior, Escuela universitaria o centro universitario.

(2) Nombre la Universidad.

(3) Sólo se valorará este curso para aquellos estudios cuyo primer ciclo sea de dos años.

APÉNDICE V

Convocatoria para realizar el servicio militar en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando para la reserva

del servicio militar

Modelo de instancia

El solicitante:

Primer apellido / Segundo apellido / Nombre

Fecha de nacimiento / Número DNI / Nombre del padre / Nombre de la madre

Lugar de nacimiento / Provincia

Dirección postal (calle, número, bloque, piso, puerta) / Teléfono / Distrito postal

Población / Provincia / Estudios, grado (1)

Carrera que cursa / Rama o especialdad

Curso (2) / Centro de reclutamiento / Ejército que solicita (3)

DECLARA: Que son ciertos los datos expresados en esta instancia, así como que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

SOLICITA: Le sea concedido participar en la citada convocatoria, de acuerdo con las preferencias manifestadas en documento anexo.

, a de de 199

(Firma y rúbrica)

(1) Superior o medio.

(2) Último curso finalizado.

(3) Ejército de Tierra, Armada o Ejército del Aire.

EXCMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE RECLUTAMIENTO Y ENSEÑANZA MILITAR.

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