La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 8 de enero de 1998, adoptó un Acuerdo por el que, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, se resuelven expedientes de solicitud de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985.
Considerando la naturaleza de dicho Acuerdo, esta Secretaría de Estado, por la presente Resolución, tiene a bien disponer:
Dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" al texto del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 8 de enero de 1998. Dicho texto, con relación nominal de las empresas afectadas, se incluye como anexo a esta Resolución.
Madrid, 28 de enero de 1998.-El Secretario de Estado, José Folgado Blanco.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN
Texto del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos
La Ley 50/1985, de 27 de diciembre, sobre incentivos regionales, desarrollada reglamentariamente por el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio; 302/1993, de 26 de febrero, y 2315/1993, de 29 de diciembre, constituye un instrumento para las actuaciones de ámbito estatal, dirigidas a fomentar las iniciativas empresariales con intensidad selectiva en determinadas regiones del Estado con objeto de repartir equilibradamente las actividades económicas dentro del mismo.
Los Reales Decretos 491/1988, de 6 de mayo, modificado por el Real Decreto 2486/1996, de 5 de diciembre; 487/1988, de 6 de mayo, modificado por los Reales Decretos 528/1992, de 22 de mayo y 2488/1996, de 5 de diciembre; 488/1988 y 568/1988, de 6 de mayo, modificados por los Reales Decretos 303/1993, de 26 de febrero; 530/1992, de 22 de mayo; 569/1988 y 570/1988, de 3 de junio, modificado este último por el Real Decreto 2487/1996, de 5 de diciembre; 652/1988, de 24 de junio; 1389/1988, de 18 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1397/1992, de 20 de noviembre, y 883/1989, de 14 de julio, modificado por los Reales Decretos 852/1992, de 10 de julio, y 2489/1996, de 5 de diciembre, de la Zona Promocionable de Aragón y de las Zonas de Promoción Económica de Asturias, Murcia, Galicia, Canarias, Castilla y León, Andalucía, Extremadura y Comunidad Valenciana.
Se han presentado solicitudes para acogerse a estos incentivos regionales y se han tramitado las mismas de conformidad con la legislación que les afecta; una vez estudiadas dichas solicitudes por el Consejo Rector, se elevan las respectivas propuestas de concesión a esta Comisión delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos
ACUERDA
Primero. Concesión de incentivos regionales.-Se conceden incentivos regionales a los proyectos de inversión que se relacionan en el anexo I de este Acuerdo en el que se indican el importe de los mismos, la inversión incentivable y los puestos de trabajo a crear.
Segundo. Modificación de condiciones.-En el anexo número II se relacionan los expedientes de modificación de condiciones que han sido resueltos, describiéndose la totalidad de los cambios autorizados en la correspondiente resolución individual.
Tercero. Resoluciones individuales.
1. La Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria notificará individualmente a las empresas, a través del órgano competente de la Comunidad Autónoma, las condiciones generales y particulares que afectan a cada proyecto mediante las correspondientes resoluciones individuales.
2. La resolución sobre concesión de beneficios que sea expedida por aplicación de lo dispuesto en el presente Acuerdo no exime a las empresas de cumplir los requisitos y obtener las autorizaciones administrativas que, para la instalación o ampliación de las industrias, exijan las disposiciones legales vigentes, nacionales o comunitarias, así como la normativa de la respectiva Comunidad Autónoma y las correspondientes ordenanzas municipales.
3. Los titulares de las subvenciones concedidas por el presente Acuerdo quedan sujetos al cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1986, sobre justificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, y en la Orden de 25 de noviembre de 1987, sobre justificación del cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
Disposición adicional primera.
Se faculta a la Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria para que pueda autorizar modificaciones, en más o menos y hasta un 10 por 100, respecto del importe de la subvención concedida de la inversión aprobada o del número de puestos de trabajo.
Disposición adicional segunda.
El libramiento de los fondos correspondientes a las subvenciones previstas en el presente Acuerdo quedará condicionado a la existencia de crédito suficiente en el momento en que hayan de realizarse los pagos.
Disposición adicional tercera.
El abono de las subvenciones a que dé lugar el presente Acuerdo quedará sometido a la tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, que ha de incoarse con cargo al correspondiente crédito cifrado en la sección 15 "Economía y Hacienda", rúbrica 15.14.724C.771 del vigente presupuesto, en el momento de presentarse la primera liquidación de subvención.
Cuando la subvención se cofinancie por los Fondos Estructurales de la Comisión Europea, su abono quedará sometido a la tramitación específica exigida para la percepción de ayudas por dichos Fondos, así como a las disposiciones de control y seguimiento de la Unión Europea.
Cuarta.-Los pagos parciales, que tendrán el carácter de pagos a cuenta, estarán debidamente afianzados y sujetos a inspecciones y rectificaciones, en su caso, de acuerdo con la normativa vigente.
En caso de incumplimiento de las condiciones establecidas, tanto en la normativa vigente como en la resolución individual, el beneficiario estará obligado a reintegrar las cantidades que hubiera recibido, con abono de los intereses legales correspondientes y del recargo y sanciones, si proceden, sin perjuicio de la aplicación, cuando proceda, de los preceptos sobre delito fiscal, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
ANEXO I
Inversión
-
Pesetas / Subvención
-
Pesetas / Empleo / Empresa/Localización / Cód. expediente
Zona Promocionable de Aragón
Teruel
TE/195/E50 / "Industrias de Tableros y Derivados de la Madera, S. A.", Cella / 13.931.450.000 / 2.786.290.000 / 72
Zona de Promoción Económica de Murcia
Murcia
MU/733/PO2 / "J. García Carrión, S. A.", Jumilla / 5.014.402.000 / 501.440.200 / 17
Zona de Promoción Económica de Galicia
A Coruña
C/444/PO5 / "SGL Carbón, S. A.", A Coruña / 2.537.847.000 / 355.298.580 / 0
C/455/PO5 / "Ferroatlántica, S. L.", Arteixo / 2.379.866.000 / 380.778.560 / 16
C/458/PO5 / "Megasider, S. L.", Narón / 2.316.801.000 / 417.024.180 / 49
Zona de Promoción Económica de Canarias
Las Palmas
GC/323/PO6 / "Inver Canary Dos, S. L.", Antigua / 4.605.868.000 / 736.938.880 / 117
GC/333/PO6 / "Maspalomas Resort, S. L.", San Bartolomé de Tirajana / 10.177.186.000 / 1.730.121.620 / 242
Santa Cruz de Tenerife
TF/206/PO6 / "Compañía Canaria de Materias Primas, S. A.", Santa Cruz de Tenerife / 1.357.000.000 / 135.700.000 / 21
TF/218/PO6 / "Riusa II, S. A.", Adeje / 5.079.416.000 / 812.706.560 / 105
Zona de Promoción Económica de Castilla y León
Ávila
AV/102/PO7 / "Nissan Vehículos Industriales, S. A.", Ávila / 2.636.000.000 / 395.400.000 / 0
Burgos
BU/401/PO7 / "Productos Capilares, S. A.", Burgos / 1.475.908.000 / 221.386.200 / 28
BU/405/PO7 / "Vicasa, S. A.", Burgos / 2.004.000.000 / 220.440.000 / 0
BU/411/PO7 / "Gonvarri Industrial, S. A.", Burgos / 1.919.663.000 / 230.359.560 / 20
BU/414/PO7 / "Benteler España, S. A.", Burgos / 1.911.025.000 / 286.653.750 / 45 BU/420/PO7 / "Campofrío Alimentación, S. A.", Burgos / 3.539.603.000 / 495.544.420 / 40
León
LE/387/PO7 / "Laboratorios Ovejero, S. A.", Onzonilla / 1.249.649.000 / 149.957.880 / 10
Valladolid
VA/234/PO7 / "Iveco-Pegaso, S. A.", Valladolid / 2.600.000.000 / 494.000.000 / 138
Zona de Promoción Económica de Andalucía
Almería
AL/356/PO8 / "Hotel Envia Golf, S. A.", Vícar / 1.382.664.000 / 304.186.080 / 49
Granada
GR/330/PO8 / "Coop. Nuestra Señora de las Angustias Covira, S.C.A.", Atarfe / 1.220.927.000 / 122.092.700 / 53
Zona de Promoción Económica de Extremadura
Badajoz
BA/551/P11 / "Transformados de Papel y Derivados, S. L.", Mérida / 1.264.924.000 / 290.932.520 / 82
Zona de Promoción Económica de la Comunidad Valenciana
Alicante
A/255/P12 / "Cerámica La Escandella, S. A.", Agost / 2.963.432.000 / 325.977.520 / 75
Castellón
CS/229/P12 / "Gres de Nules, S. A.", Nules / 1.030.483.000 / 82.438.640 / 0
CS/247/P12 / "Cerdec Ibérica, S. A.", Nules / 1.123.000.000 / 101.070.000 / 25
CS/249/P12 / "Tres Términos Arregui, S. A.", Chilches / 1.103.039.000 / 99.273.510 / 30
CS/265/P12 / "Cerámicas Belcaire, S. A.", Vall de Uxó / 2.661.000.000 / 399.150.000 / 68
Valencia
V/192/P12 / "Luxe Perfil, S. L.", Chiva / 1.038.215.000 / 93.439.350 / 59
V/225/P12 / "Tetra Pak Pet España, S. A.", Requena / 5.441.000.000 / 598.510.000 / 32
V/231/P12 / "Tubos del Mediterráneo, S. A.", Sagunto / 1.805.088.000 / 180.508.800 / 10
ANEXO II
Cód. expediente / Empresa / Calificación anterior / Calificación modificada
Zona Promocionable de Aragón
Zaragoza
Z/92/E50 / "Cóndor CD, S. L." / O.M. 3-12-1996
Inversión: 943.515.000
Subvenciones: 113.221.800
Empleo: 37 /
1.838.982.000
239.067.660
43
Zona de Promoción Económica de Asturias
Asturias
AS/386/PO1 / "Industrial Química del Nalón, S. A." / C.D.G.A.E. 9-3-1995
Inversión: 1.399.219.000
Subvenciones: 181.898.470
Empleo: 0 /
2.038.415.000
264.993.950
0
Zona de Promoción Económica de Canarias
Santa Cruz de Tenerife
TF/191/PO6 / "Compañía Cervecera de Canarias, S. A." / C.D.G.A.E. 16-1-1997
Inversión: 4.531.227.000
Subvenciones: 498.434.970
Empleo: 34 /
4.891.005.000
489.100.500
0
Zona de Promoción Económica de Extremadura
Badajoz
BA/326/P11 / "Golf del Guadiana, S. A." / C.D.G.A.E. 9-3-1995
Inversión: 2.643.529.000
Subvenciones: 120.701.790
Empleo: 19 /
1.341.131.000
120.701.790
19
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid