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La SAT número 9.908, "Romu", de Sagunto (Valencia), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, ha solicitado el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, segun lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre, y de la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, para la categoría de productos V (cítricos) a la SAT número 9.908, "Romu", de Sagunto (Valencia), conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre, y de la Orden de 30 de abril de 1997.
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la SAT número 9.908, "Romu", de Sagunto (Valencia), en la categoría de productos V (cítricos), asignándole el número registral 615.
Madrid, 11 de diciembre de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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