A los efectos de autorización preceptiva para la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola, de los tractores que se citan, con homologación CEE número de recepción e1-74/150-0004, según lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE y en virtud de lo establecido en el Real Decreto 2028/1986, y en las Órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de febrero de 1964, de 27 de julio de 1979 y de 28 de mayo de 1987,
Esta Dirección General resuelve:
1. Autorizar la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de los tractores marca "John Deere", modelos 6110 2RM, 6110 4RM, 6210 2RM, 6210 4RM, 6310 2RM, 6310 4RM, 6410 2RM, 6410 4RM.
2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido establecida al no haber sido declarada por el fabricante.
3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de protección:
Marca / Modelo / Tipo / Contraseña de homologación
John Deere / SG 048 / Cabina de dos puertas / e1-100019-03
John Deere / RG 017 / Bastidor de cuatro postes / e1-100019-03
John Deere / SG 053 / Cabina con dos puertas / e1-79/622-0017-02
John Deere / RG 020 / Bastidor de cuatro postes / e1-79/622-0017-02
John Deere / SG 054 / Cabina con dos puertas / e1-79/622-0018-02
John Deere / RG 022 / Bastidor de cuatro postes / e1-79/622-0018-02
Mansilla / 6000 / Cabina con dos puertas / e9-79/622*88/413*0001*00
4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 1.2 del anexo de la Resolución de esta Dirección General publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de 27 de julio de 1979, sobre equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabina de protección para caso de vuelco.
Madrid, 22 de enero de 1998.-El Director general, Rafael Millán Díez.
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