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Documento BOE-A-1998-3332

Resolución de 2 de enero de 1998, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza vacante de la Escala Técnica de Gestión (Comunicación) de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 1998, páginas 5286 a 5292 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-3332

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así como de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión (Comunicación) con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de funcionario de la Escala Técnica de Gestión (Comunicación) de esta Universidad.

1.2 En el caso de producirse nuevas vacantes en la Universidad correspondientes a la Escala objeto de esta convocatoria de pruebas selectivas, las plazas correspondientes a dichas vacan- tes podrán acumularse a la ofertada en el apartado 1.1, mediante Resolución del Rector de esta Universidad anterior a la realización del tercer ejercicio de la fase de oposición autorizando la incorporación de esas plazas para ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria.

1.3 La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad y la normativa contenida en la presente convocatoria.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

A) Oposición:

1.4.1 Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio.

Consistirá en el desarrollo, por escrito, de tres temas. Cada tema corresponderá a cada una de las partes del programa, y será elegido por los aspirantes, de entre dos extraídos al azar por el Tribunal, de los que figuran en cada parte del programa, en el anexo I y uno elegido al azar por el Tribunal entre los relacionados en cada una de las partes del programa, que figuran como anexo I a la presente convocatoria.

El tiempo para la realización del primer ejercicio no podrá ser superior a seis horas.

El ejercicio será leído por cada uno de los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública.

Cada tema será valorado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener, al menos, una calificación de 4 puntos en cada uno de los temas, siempre y cuando en la valoración conjunta del ejercicio el aspirante obtenga la puntuación mínima exigida en el párrafo siguiente.

La puntuación total del ejercicio vendrá integrada por la suma de las calificaciones otorgadas a cada uno de los temas. Quedarán eliminados los aspirantes que no hubieran obtenido una puntuación mínima de 15 puntos.

1.4.2 Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio.

Consistirá en la resolución por los aspirantes de varios supuestos prácticos, propuestos por el Tribunal, relacionados con las materias que figuran en el programa, así como con el ejercicio de las funciones inherentes a la plaza convocada.

El tiempo para la realización del segundo ejercicio no podrá ser superior a cinco horas.

El ejercicio será leído por cada uno de los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública. Cada supuesto práctico será valorado de 0 a 10 puntos, y para superar el ejercicio será necesario obtener al menos una calificación de cuatro puntos en cada uno de los supuestos prácticos propuestos, siempre y cuando en la valoración conjunta del ejercicio el aspirante obtenga la puntuación mínima exigida en el párrafo siguiente.

La puntuación total del ejercicio vendrá integrada por la suma de las calificaciones otorgadas a cada uno de los supuestos prácticos propuestos, y quedarán eliminados los aspirantes que no hubieran obtenido una puntuación mínima igual a la mitad de la suma de las puntuaciones máximas que puedan otorgarse a cada uno de los supuestos propuestos.

1.4.3 Tercer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio.

Consistirá en la realización de una serie de pruebas psicotécnicas, dirigidas a la valoración de las aptitudes de los aspirantes en relación con las funciones inherentes a la plaza convocada. Esta prueba será realizada por el Servicio de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública del Gobierno de Navarra, en los locales y en las sesiones que determine el citado organismo.

El ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos.

B) Concurso: Consistirá en la valoración de los méritos alegados por los aspirantes con arreglo al baremo que se especifica a continuación. En ningún caso la puntuación obtenida por acumulación de los méritos correspondientes a los distintos apartados de la fase de concurso podrá superar los 30 puntos.

1. Méritos profesionales: Se valorarán los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima de este apartado 16,5 puntos:

a) Por cada mes de servicios prestados a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes en universidades públicas, en funciones análogas a las de la plaza convocada, 0,35 puntos, hasta un máximo de tres años.

b) Por cada mes de servicios prestados a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes en cualquier Administración, Organismo e Institución Pública, diferente de universidades públicas, en funciones análogas a las de la plaza convocada, 0,15 puntos, hasta un máximo de tres años.

2. Conocimientos de euskera y otros idiomas: Se valorarán los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima de este apartado 9 puntos.

2.1 Euskera:

a) Por estar en posesión del Certificado Oficial de Aptitud en Euskera (EGA) o titulación oficial equivalente, 6,75 puntos.

b) Por estar en posesión del Certificado Oficial del Ciclo Elemental en Euskera, o titulación oficial equivalente, siendo incompatible su valoración con la valoración del mérito a que hace referencia el apartado anterior, 4,5 puntos.

c) Los aspirantes que no estén en condiciones de acreditar las titulaciones a que se refieren los apartados a) y b), podrán someterse voluntariamente a una prueba de valoración de sus conocimiento de euskera. Dicha prueba tendrá carácter voluntario y de mérito, y se valorará de 0 a 2,7 puntos. Su realización se adecuará a lo establecido en la base 1.7.

2.2 Otros idiomas:

a) Por estar en posesión del Certificado de Aptitud correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, o equivalente, expedidos por Escuelas Oficiales de Idiomas, 4,95 puntos por cada uno de los idiomas.

b) Por estar en posesión del Certificado Oficial del Ciclo Elemental correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, o equivalente, expedidos por Escuelas Oficiales de Idiomas, 3,15 puntos por cada uno de los idiomas.

3. Otros méritos: Se valorarán hasta un máximo de 4,5 puntos.

3.1 Por estar en posesión de otras titulaciones, siempre y cuando no hayan sido alegadas por los aspirantes para cumplir el requisito exigido en la base 2.c) de la convocatoria, se valorarán hasta 2 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:

a) Por estar en posesión de un título de licenciado universitario o equivalente, 2 puntos.

b) Por estar en posesión de un título de Diplomado Universitario o equivalente, 1 punto.

3.2 Por la superación de cursos realizados en organismos e Instituciones Públicas, Universidades, públicas o privadas, siempre y cuando se pueda acreditar certificado de aprovechamiento, sobre temas relacionados con las funciones inherentes a las plazas objeto de la presente convocatoria, se valorará hasta 2,5 puntos.

1.5 El Tribunal declarará que ha superado el proceso selectivo, y en consecuencia será nombrado funcionario de carrera, aquel aspirante que, habiendo superado la fase de oposición, hubiera obtenido mayor puntuación una vez sumadas las obtenidas en la fase de oposición y de concurso, de acuerdo con lo establecido en la base 1.1.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar a partir de la segunda quincena de agosto de 1998.

1.7 La prueba voluntaria de conocimientos de euskera a que se refiere el apartado 2.c) de la fase de concurso, tendrá lugar con anterioridad al inicio de la fase de oposición. Para su realización se solicitará la colaboración de la Escuela Oficial de Idiomas del Gobierno de Navarra. La convocatoria, en la que se fijará el día y hora de su realización, será publicada en el tablón de anuncios del edificio de Administración y Gestión de la Universidad, y se difundirá, en su caso, a través de anuncios en la prensa local. Dicha prueba se realizará en su totalidad en euskera, y constará de las siguientes partes:

a) Prueba escrita, en la que se valorarán los contenidos gramaticales y la expresión escrita.

b) Prueba oral, en la que se valorarán la comprensión y expresión orales.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde vaya a celebrarse el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del edificio de Administración y Gestión.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, o nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los sesenta y cinco.

c) Tener la licenciatura en Ciencias de la Información y estar en posesión del título correspondiente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2 Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta prueba selectiva deberán hacerlo constar en instancia que se publica como anexo IV. A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad, así como la documentación correspondiente a los méritos alegados en la fase de concurso.

El interesado adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, de acuerdo con lo establecido en la base 3.4.

3.2 Los aspirantes que acrediten méritos en la fase de concurso deberán relacionar la documentación que presenten en el apartado 24.D) de la instancia.

A efectos de la acreditación de los méritos a) y b) del punto 1 de la fase de concurso, los aspirantes deberán presentar cer tificación acreditativa de los servicios prestados expedida por la unidad de personal del organismo donde hubieran prestado servicios.

A efectos de la acreditación de los méritos de los puntos 2 y 3 de la fase de concurso, los aspirantes deberán presentar fotocopia compulsada, o fotocopia y original, para su cotejo, de las titulaciones que aleguen.

Los aspirantes que deseen realizar la prueba voluntaria sobre conocimiento de euskera, correspondiente a la fase de concurso, deberán especificarlo en el apartado 24.A) de la instancia, consignando la expresión "Prueba Euskera". No se admitirá ninguna solicitud de realización de dicha prueba voluntaria que no esté reflejada en la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro general de la Universidad Pública de Navarra (edificio de Administración y Gestión, planta baja, Campus Arrosadía, 31006 Pamplona), o en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al Rector de la Universidad Pública de Navarra.

3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas, y se ingresarán en la cuenta corriente 3300.064001901.4 de la Caja de Ahorros Municipal de Pamplona, con la identificación de "Pruebas selectivas-Escala Técnica de Gestión (Comunicación)".

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano señalado en la base 3.3.

La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad Pública de Navarra dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de Navarra", y en la que, además de declarar aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que únicamente se hará constar la relación de estos últimos y las causas de exclusión, se indicará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra la resolución que declare aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del edificio de Administración y Gestión de la Universidad, previa realización de la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Rector de la Universidad Pública de Navarra.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio únicamente a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y así lo notificarán al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artícu lo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en las presentes bases.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado" resolución por la que se nombre los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en el base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros titulares o suplentes.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 Dentro del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de la presente normativa, así como la adopción de las medidas oportunas para la resolución de las cuestiones no previstas en la misma, que puedan suscitarse a lo largo del proceso selectivo.

La actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes. Los asesores se limitarán a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y su designación deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

A este respecto la corrección de la prueba voluntaria sobre conocimiento de euskera se realizará con la colaboración de un equipo de asesores que serán nombrados por el Rector de la Universidad, y de acuerdo con lo establecido en la base 1.7. A los asesores nombrados les será de aplicación por analogía las disposiciones sobre abstención a que se refiere la base 5.2. Dichos asesores valorarán la prueba voluntaria de acuerdo con los criterios de corrección aprobados por el Tribunal de las pruebas.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones que el resto de los participantes para la realización de los ejercicios.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el edificio del Rectorado de la Universidad Pública de Navarra.

5.10 El Tribunal tendrá la categoría primera de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 236/88, de 4 de marzo.

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho, a tenor de lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

5.12 A la finalización del proceso selectivo, el Tribunal confeccionará una lista ordenada en que figuren los aspirantes que no hubieren obtenido plaza, para su posible nombramiento como funcionarios interinos, o en su caso posible contratación temporal, siempre y cuando las necesidades del personal existente en la Universidad Pública de Navarra así lo requieran.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal, con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 Los aspirantes serán convocados para el ejercicio de la fase de oposición, en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

El orden de llamamiento de los aspirantes se realizará alfabéticamente, por la letra que se establezca, de acuerdo con el sorteo que anualmente realiza la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

6.3 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizado cada ejercicio el Tribunal hará público, en el lugar de celebración, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración de los ejercicios, y en aquellos otros que lo estime oportunos, la relación de aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo por orden de puntuación definitiva alcanzada, una vez sumadas las obtenidas en cada uno de los ejercicios, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.3 El Tribunal publicará la relación de aspirantes por orden de puntuación definitiva alcanzada, una vez sumadas las obtenidas en las fases de oposición y de concurso. El Tribunal hará pública la declaración de que ha superado el proceso selectivo, el aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación, una vez sumadas las obtenidas en las fases de oposición y de concurso, de acuerdo con lo establecido en las bases 1.1 y 5.11 de la presente convocatoria, y elevará la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera, al Rector de la Universidad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación señalada en el apartado 7.3, en el lugar o lugares a que se refiere la base 7.1, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General de la Universidad, los siguientes documentos:

8.1.1 Fotocopia debidamente compulsada del título exigido en la base 2.1.c).

8.1.2 Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

8.1.3 Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que inhabilite para el desempeño de las funciones correspondientes, expedido por la Dirección provincial o la Consejería/Departamento, según proceda, competentes en materia de sanidad.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de Navarra".

9. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y formas establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en el Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento del Administrativo Común.

Pamplona, 2 de enero de 1998.-El Rector, Antonio Pérez Prados.

ANEXO I

Primera parte

Tema 1. La comunicación humana. La operación comunicativa: Estructura, elementos y fases del proceso. Clases de comunicación: Primaria y secundaria. La comunicación de masas. Evolución y presente de los medios masivos.

Tema 2. La fuente de la comunicación. Los profesionales. Las organizaciones comunicativas. Las grandes empresas mundiales y nacionales. La tendencia a la internacionalización y a la concentración.

Tema 3. El mensaje: Signos, significado. Contenido de los mensajes según su finalidad.

Tema 4. El canal de la comunicación. Canal y medio. Medios no de masas. Los medios de comunicación social: Evolución y situación actual.

Tema 5. Los medios escritos: La prensa diaria y no diaria. La prensa en el mundo y en España. Orígenes y realidad actual.

Tema 6. Semanarios y publicaciones especializadas. Panorama de tales publicaciones en España. Las publicaciones gratuitas. Otras publicaciones.

Tema 7. Géneros del periodismo escrito. Información, crónica, reportaje, entrevista...

Tema 8. La radio. Evolución y momento actual de este medio en el mundo y en España. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias. Perspectivas.

Tema 9. La televisión. Evolución y realidad actual de este medio en el mundo y en España. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias.

Tema 10. Las agencias de noticias. Agencias internacionales. Agencias españolas de información general y especializada. Perspectivas.

Tema 11. Los medios electrónicos: Internet. Utilización actual de la red como vehículo informativo. Realización de páginas "Web". Conceptos básicos. Panorama de la situación en España.

Tema 12. Los destinatarios de la comunicación social. Audiencias, público y masa. Procesos selectivos de la audiencia, tamices, reinterpretación. Eficacia comunicativa.

Tema 13. La opinión pública. Formación de la opinión pública: Procesos psicológicos y sociológicos. Manifestación de la opinión: Identificación y mensuración. Marco legal de los sondeos.

Tema 14. Sistemas actuales de comunicación social: Regímenes autoritarios y democráticos. El pluralismo comunicacional. Libertades públicas. Funciones de los poderes públicos en los sistemas democráticos.

Tema 15. Las empresas informativas. Implicaciones eco nómicas de los medios de comunicación. Las empresas multimedia. La situación en el mundo y en España: Principales grupos y propietarios.

Tema 16. La publicidad. Naturaleza y características. Influencia en el comportamiento del consumidor. Investigación y planificación de medios. Características del mensaje publicitario. Evaluación de la eficacia publicitaria.

Tema 17. Los medios publicitarios en el mundo y en España. Las agencias de publicación. Regulación legal de la publicidad en España. Características del sector publicitario español. Inversión publicitaria en medios de comunicación.

Tema 18. La publicidad institucional. Actividad publicitaria de instituciones y empresas públicas en España. Objetivos y medios utilizados. Aspectos económicos.

Tema 19. Los gabinetes de comunicación de las instituciones públicas. Objetivos y funciones. Medios utilizados. Implantación en las instituciones españolas. Empresas de imagen y asesoría en materia de comunicación.

Tema 20. Las relaciones públicas. El patrocinio o esponsorización como estrategia de comunicación. El mecenazgo. Normas legales que lo favorecen.

Tema 21. Imagen corporativa: La imagen corporativa como simbología. Utilización y aplicaciones. Imagen y comunicación en las universidades públicas españolas.

Tema 22. Documentación informativa. Concepto. Funciones y organización de un centro de documentación. Análisis y lenguajes documentales. Tecnologías punta y nuevos soportes en información y documentación.

Tema 23. La ofimática. Aplicación en un Gabinete de Prensa. Organización de documentación por métodos informáticos. Elementos básicos de Word 6, Filemaker y Aldus Free Hand. Correo electrónico.

Tema 24. Derecho de la información. Implicaciones jurídicas del hecho informativo. Legislación sobre medios de comunicación. Derechos de réplica y rectificación.

Tema 25. Derecho a la información. Definiciones. Sujeto y objeto del derecho a la información. Derecho a investigar, a difundir y a recibir informaciones y opiniones.

Tema 26. Información y derechos personales. Derecho a la honra, a la intimidad y a la propia imagen. Principios y límites. Regulación legal.

Tema 27. Derechos de los informadores. Libertad y responsabilidad del informador. Cláusula de conciencia. Secreto profesional. Códigos deontológicos. Conceptos de objetividad.

Tema 28. El diseño gráfico en los medios de comunicación escritos. Composición, maquetación y edición de publicaciones. Conceptos básicos de QuarkXpress y Page Maker.

Tema 29. El periodismo científico. Características y peculiaridades. Principales publicaciones.

Tema 30. Imagen y comunicación en las universidades públicas españolas. Evolución y realidad actual. Perspectivas.

Tema 31. La información dirigida al ámbito universitario, en España y en Navarra, Panorama de medios y contenidos.

Tema 32. El sector de la comunicación en Navarra. Evolución y panorama general. Estructura empresarial. Ámbitos infor mativos.

Tema 33. La prensa en Navarra. Evolución histórica. Realidad actual.

Tema 34. El consumo de información en Navarra. Difusión de los medios de prensa diaria, radio y televisión. El perfil del consumidor.

Tema 35. Competencias de Navarra en radio y televisión. Normativa reguladora de la radio y televisión en Navarra y de la adjudicación de frecuencias. Emisoras de radio y canales de televisión.

Tema 36. La publicidad en Navarra. Características del sector. Publicidad en los medios de comunicación.

Segunda parte

Tema 1. La Constitución Española vigente. Contenido básico y principios constitucionales. Derechos fundamentales y libertades públicas que consagra.

Tema 2. La Corona. Posición constitucional del Rey. Los poderes regios. Relación con el Gobierno y con las Cortes. El refrendo. El orden sucesorio. La Regencia.

Tema 3. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El Senado. Composición y funciones.

Tema 4. La defensa jurídica de la Constitución. El Tribunal Constitucional. Composición, naturaleza y funciones. El Poder Judicial: Órganos y procedimientos.

Tema 5. El Gobierno de la Nación. Su organización. Presidente y Vicepresidentes del Gobierno. El Consejo de Ministros. La división ministerial. Otros órganos centrales.

Tema 6. Administración Central del Estado. Organización y funciones. Ingresos y gastos. Defensa y seguridad. Órganos periféricos.

Tema 7. La Administración de Justicia. Cometido constitucional. El Consejo General de Poder Judicial. Otros órganos.

Tema 8. La organización territorial del Estado: Las Comunidades Autónomas. Naturaleza del Estado español desde el punto de vista de su articulación territorial. La iniciativa autonómica. Creación, modificación y disolución de las Comunidades Autónomas.

Tema 9. Los Estatutos de autonomía. Naturaleza. Caracteres. Contenido. Procedimientos de elaboración y reforma.

Tema 10. Relación entre la Administración Central y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. Potestad legislativa. Repercusiones económicas.

Tema 11. Economía española. Dinámica de desarrollo. Sectores de producción. Índices económicos. Distribución de la riqueza. Comparación con otros países de la Unión Europea.

Tema 12. El mercado de trabajo en España. Los pactos sociales. Incidencia de las organizaciones sindicales. Comparación con otros países de la Unión Europea.

Tema 13. Las relaciones exteriores de España. Ámbitos y líneas de actuación. Objetivos y logros conseguidos.

Tema 14. El sistema electoral español. Capacidad electoral activa y pasiva. Administración electoral. Convocatoria de elecciones generales. Campaña electoral. Sistemas electorales en el Congreso y en el Senado. Procedimiento electoral.

Tema 15. Economía internacional. Evolución económica en las distintas áreas del mundo. La importancia de las fuentes de energía. La deuda exterior.

Tema 16. Política internacional. Políticas exteriores de las grandes potencias mundiales. Situación de los países menos desarrollados. Papel que desempeñan en el conjunto mundial. Perspectivas. Los conflictos y acontecimientos más recientes. La cooperación internacional en las distintas partes del mundo.

Tema 17. Las organizaciones internacionales. La Organización de Naciones Unidas. Otras organizaciones regionales y sectoriales. Objetivos, componentes, funcionamiento, logros alcanzados.

Tema 18. La defensa mundial del Medio Ambiente. Proceso de deterioro del medio natural. Iniciativas y acciones de defensa.

Tema 19. Navarra hasta el siglo XVI. Prehistoria. Romanización. Formación e historia del Reino. Personajes.

Tema 20. Navarra en la Edad Moderna. Incorporación a la Corona de Castilla: Historia, naturaleza jurídica y consecuencias. Cultura y sociedad.

Tema 21. Acontecimientos políticos del siglo XIX. La Ley Paccionada: Circunstancias y trascendencia. Las guerras carlistas.

Tema 22. Navarra en el siglo XX. Actividad política y realidad social en el primer tercio del siglo. Planteamientos estatutarios. La segunda república. La guerra civil 1936-1939.

Tema 23. Navarra durante el franquismo. Evolución y crisis industrial. La transición política en Navarra. Acontecimientos políticos y sociales del período último.

Tema 24. Navarra, economía y sociedad. Sectores económicos. Población y su distribución.

Tema 25. Recursos turísticos de Navarra. Su infraestructura cultural. Recursos de ocio y tiempo libre.

Tema 26. El sistema educativo navarro.

Tema 27. Peculiaridades del régimen foral. Organización territorial de Navarra. Nociones de sociología electoral.

Tema 28. Principales instituciones de Navarra en los ámbitos administrativo, político, económico, cultural, deportivo y ciudadano.

Tema 29. Organización territorial sanitaria en Navarra. Principales redes de comunicación viaria en Navarra: Infraestructura y dotación. La red de servicios sociales.

Tema 30. La cultura vasca en Navarra. La lengua. La literatura. El folklore y otras manifestaciones culturales.

Tema 31. Geografía de Navarra: Características climáticas. Zonas territoriales y sus peculiaridades. Fauna y Flora.

Tema 32. El bilingüismo en la sociedad. Comunidades bilingües. Políticas de normalización. El bilingüismo en España.

Tercera parte

Tema 1. El sistema educativo español. Estructura y características generales. Financiación.

Tema 2. La administración educativa. El Ministerio de Educación y Cultura.

Tema 3. Raíces históricas y evolución legislativa de las Universidades en España. La Ley de Reforma Universitaria de 1983: Principios y contenidos. La autonomía universitaria en la Ley de Reforma Universitaria, en los Estatutos de las Universidades españolas y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Tema 4. Ordenación, estructura y régimen jurídico de las Universidades. El gobierno de las Universidades. Régimen económico y financiero de las Universidades. El Consejo de Universidades.

Tema 5. El Profesorado de las Universidades. Personal de Cuerpos Docentes: Su régimen jurídico (selección, situaciones administrativas, dedicación, retribuciones). La provisión de plazas de los Cuerpos Docentes. Régimen jurídico del personal docente contratado.

Tema 6. Los Departamentos universitarios: Concepto y funciones. Creación, modificación y supresión. Estructura y funcionamiento. Centros Universitarios: Concepto, clases, funciones. Régimen jurídico. Creación, organización y funcionamiento.

Tema 7. Personal de administración y servicios: Personal funcionario: Selección. Régimen jurídico. Personal contratado: Modalidades de contratación. Régimen jurídico.

Tema 8. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Planteamiento general y principios rectores. Las normas reguladoras de la actuación de las Administraciones Públicas.

Tema 9. El procedimiento administrativo. Sus fases. El acto administrativo. Concepto y clases. Los contratos administrativos. Principios fundamentales. Tipos de contrato. Formas de contratación.

Tema 10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. La responsabilidad de las Administraciones Públicas. La revisión de los actos en las diferentes vías.

Tema 11. Estudios y titulaciones universitarias. Estudios y titulaciones de primer ciclo. Estudios y titulaciones de segundo ciclo. El tercer ciclo y otros estudios de postgrado. Otras titulaciones. Convalidaciones y homologaciones de estudios.

Tema 12. El alumnado universitario. El acceso a la Universidad. Permanencia en ella. Estatuto del estudiante: Derechos y deberes. Participación en el gobierno universitario. Becas y ayudas al estudio.

Tema 13. La Universidad Pública de Navarra: Su creación. Su desarrollo institucional y académico.

Tema 14. Estructura de la Universidad Pública de Navarra: Departamentos, Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Escuelas Universitarias. Institutos Universitarios. Otros centros.

Tema 15. Los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra.

Tema 16. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

Tema 17. El Parlamento de Navarra. Funciones. Composición. Funcionamiento. La Cámara de Comptos. Iniciativa legislativa.

Tema 18. La Ley Foral del Gobierno y Administración de la Comunidad Foral de Navarra: Estructura, contenido y disposiciones que la desarrollan. El Estatuto del personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra.

Tema 19. Disposiciones legales de la Comunidad Foral. Las leyes forales: Iniciativa y trámite de aprobación y promultación. Decretos y Órdenes forales. Recursos.

Tema 20. Nacimiento y objetivos de las Comunidades Europeas. Tratados originarios y modificativos.

Tema 21. Las instituciones de las Comunidades (I): El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión.

Tema 22. Las instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia.

Tema 23. El derecho comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

Tema 24. La aplicación del derecho comunitario. La aplicación del derecho comunitario en España.

Tema 25. La Unión Europea: La unión política y la unión económica y monetaria. Perspectivas de la Unión, después de Maastricht.

ANEXO II

Tribunal de las pruebas

Tribunal titular:

Presidente: El Rector de la Universidad Pública de Navarra o persona en quien delegue.

Vocales: Director de Comunicación de la Universidad Pública de Navarra, un vocal designado por el Gobierno de Navarra y dos representantes designados por la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios.

Tribunal suplente:

Presidente: El Rector de la Universidad Pública de Navarra o persona en quien delegue.

Vocales: La Directora del Servicio de la Comunidad Universitaria de la Universidad Pública de Navarra, un vocal designado por el Gobierno de Navarra y dos representantes designados por la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios.

ANEXO III

Don/doña , con domicilio en y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la Universidad Pública de Navarra, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En Pamplona, a de de 199

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