Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 28 de octubre de 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el recurso contencioso-administrativo número 1/136/1995, promovido por don Asterio Polanco Corchero contra resolución presunta de este Ministerio desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición formulado sobre cómputo de trienios por integración en el INSALUD, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Asterio Polanco Corchero contra el acto presunto por silencio administrativo negativo del recurso de reposición formulado contra la resolución de 28 de febrero de 1994, dictado por la Dirección General del Instituto Nacional de la Salud, al no corresponder el conocimiento del presente recurso al orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, pudiendo el interesado dirigirse al órgano de la jurisdicción laboral competente en el plazo de un mes, a contar desde el día que la presente resolución judicial quede firme; sin costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 19 de enero de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, "Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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