Visto el expediente de indulto de doña Josefa Álvarez Reigia, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por
el Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña, en sentencia de fecha 30
de noviembre de 1995, como autora de un delito de lesiones, a la pena
de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992; a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 4 de diciembre de 1998,
Vengo en conmutar a doña Josefa Álvarez Reigia la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrida4dediciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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