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Documento BOE-A-1998-30055

Resolución de 4 de diciembre de 1998, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve concurso específico y restringido para la provisión de puestos de trabajo (C.E. 13/98).

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 1998, páginas 44166 a 44186 (21 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-30055

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 31 de julio de 1998 ("Boletín Oficial del

Estado" de 25 de agosto), se convocó concurso para la provisión

de puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Administración

Tributaria.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las

solicitudes presentadas, valorados los méritos alegados por los

concursantes y previa propuesta elaborada por la correspondiente

Comisión de Valoración a la que hace referencia la base octava

de la citada Resolución, este Departamento, en virtud de la

Resolución de 19 de julio de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 24),

sobre delegación de competencias del Presidente de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, acuerda:

Primero.-Aprobar la adjudicación de los puestos de trabajo

contenidos en el anexo de esta Resolución.

Segundo.-Declarar vacantes y/o desiertos los puestos que se

especifican en el citado anexo I, por no alcanzar en los mismos,

los candidatos, las puntuaciones mínimas a que se refiere la base

cuarta de la Resolución de la convocatoria o por no haber petición

alguna para cubrirlos.

Tercero.-Los destinos adjudicados, de conformidad con el

artículo 49 del Reglamento General de Provisión de Puestos de

Trabajo, tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia,

no generarán derecho a indemnización por concepto alguno.

Asimismo serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo

de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino, bien

por el procedimiento de libre designación o por concursos

convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas;

en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, estarán obligados

a comunicar por escrito la renuncia al puesto adjudicado y la

opción ejercida, con indicación del Departamento en el que

hubieren obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de

nombramiento.

Cuarto.-El plazo de posesión del nuevo destino obtenido será

de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del

funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de

los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta

Resolución.

Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución

se encuentren disfrutando licencias o permisos, les será de

aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento

General de Provisión de Puestos de Trabajo, por lo que se refiere

al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos mismos

preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese

y/o incorporación al nuevo destino.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su

publicación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo,

de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 4 de diciembre de 1998.-P. D. (Resolución de 19

de julio de 1997), el Director del Departamento de Recursos

Humanos y Administración Económica, Roberto Serrano López.

Anexo I (ver imágenes páginas 44167 a 44186)

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