La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia con fecha 8 de
noviembre de 1990, en el recurso contencioso-administrativo número 2.450/1987,
en el que son partes, de una, como demandante doña Sofía Liaño Liaño,
y de otra, como demandada, la Administración General del Estado,
representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para
las Administraciones Públicas, de fecha 4 de junio de 1987, que desestimaba
el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 28 de enero de 1987,
sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso presentado
por el Procurador don Miguel Conradi Torres, en nombre y representación
de doña Sofía Liaño Liaño, contra las Resoluciones de 4 de junio de 1987
de la Subsecretaría del Ministerio para las Administraciones Públicas, y
28 de enero de 1987 de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, las que anulamos por ser contrarias al ordenamiento jurídico;
y en su lugar declaramos el derecho de la actora al reintegro de los gastos
de asistencia sanitaria, que se determinarán en ejecución de sentencia.
Sin costas."
Con fecha 29 de septiembre de 1998, la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha dictado sentencia en el recurso
de apelación número 998 de 1991, interpuesto por la Administración del
Estado, confirmando íntegramente la sentencia de instancia.
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid