Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 23 de
diciembre de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo
número 340/1994, promovido por "Compañía Ibérica Brogdex, Sociedad
Anónima", sobre sanción por infracción en materia de fitosanitarios;
Sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: En el presente recurso contencioso-administrativo número
04/340/1994, interpuesto por la "Compañía Ibérica Brogdex, Sociedad
Anónima", contra la Resolución del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de 8 de febrero de 1994, que desestima la petición de rectificación
de error material de la Resolución del Consejo de Ministros de 8 de octubre
de 1993 que declara inadmisible por extemporáneo el recurso de reposición
interpuesto contra resolución del mismo órgano de 9 de octubre de 1992,
que impuso a la recurrente una sanción de 4.650.000 pesetas, por la
Comisión de nueve infracciones en materia de productos fitosanitarios,
declaramos:
Primero.-Rechazamos la inadmisibilidad del recurso alegada por el
Abogado del Estado basada en incompetencia de este Tribunal para
resolver la impugnación de una resolución del Ministro.
Segundo.-Estimamos en parte el recurso, y, en consecuencia, anulamos
la resolución impugnada del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación
de 8 de febrero de 1994, por contraria al ordenamiento jurídico, y
ordenamos reponer las actuaciones al momento en que deba dictarse la
resolución por el órgano competente para ello.
Tercero.-Por lo anterior, no se examinan ni deciden las demás
cuestiones planteadas.
Todo ello, sin expresa condena al pago de las costas causadas en este
proceso."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 24 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de
1998), el Secretario general Técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Directora general de la
Alimentación.
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