Visto el expediente de indulto de don Fernando Patuel Maynou, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Arenys de Mar, en sentencia
de fecha 27 de junio de 1995, como autor de tres delitos de robo, a la
pena de cinco meses de arresto mayor por cada uno, un delito de utilización
ilegítima de vehículo de motor ajeno en concurso con un delito de robo,
a las penas de 100.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir
durante un año y cinco meses de arresto mayor, y otro delito de resistencia,
a las penas de 30.000 y 20.000 pesetas de multa, con las accesorias de
suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1986; a propuesta de la
Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 20 de noviembre de 1998,
Vengo en indultar a don Fernando Patuel Maynou las penas privativas
de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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