En el recurso contencioso-administrativo número 3/986/1996, seguido
por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
la Audiencia Nacional, a instancia de don Fernando Martínez Escolar,
contra acuerdo de la entonces Dirección General de Administración
Penitenciaria, por la que se deniega la asignación de complemento de
productividad, por encontrarse de baja por enfermedad, por un período
superior a siete días, ha dictado sentencia de fecha 20 de julio de 1998, cuya
parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso
número 986/96, interpuesto por don Fernando Martínez Escolar, contra
la Resolución del Ministerio de Justicia e Interior (Dirección General de
Administración Penitenciaria) de 7 de noviembre de 1995, descrita en
el primer fundamento de derecho, que se confirma por ajustarse al
ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En virtud de lo que antecede, esta Dirección General ha dispuesto
el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Madrid, 16 de noviembre de 1998.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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