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Documento BOE-A-1998-28689

Real Decreto-ley 17/1998, de 11 de diciembre, por el que se conceden créditos extraordinarios por importe de 9.769.974.398 pesetas para atender obligaciones derivadas de gastos corrientes en bienes y servicios, gastos financieros, inversiones y otros gastos del Ministerio del Interior.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 1998, páginas 41361 a 41363 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1998-28689
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/1998/12/11/17

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 63 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, según la redacción dada al mismo por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de Medidas de Disciplina Presupuestaria, con cargo a los créditos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios, y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. En este artículo, además, se establecen los requisitos para que, en determinadas circunstancias, se imputen al presupuesto de un ejercicio obligaciones generadas en ejercicios anteriores.

En el Ministerio del Interior ha de atenderse al pago de diversas obligaciones procedentes de ejercicios anteriores que están pendientes de imputar presupuestariamente y que no pueden ser aplicadas al ejercicio corriente por no concurrir en ellas los requisitos a que hace referencia el citado artículo 63. Dichas obligaciones derivan de gastos corrientes en bienes y servicios por importe de 8.676.637.706 pesetas; de gastos financieros por importe de 937.277.647 pesetas; de inversiones asociada al funcionamiento operativo de los servicios en una cuantía de 69.916.780, y otros gastos por importe de 86.142.265 pesetas.

Dado que las citadas obligaciones no pueden ser imputadas al ejercicio corriente, que su pago no puede retrasarse por el correspondiente perjuicio que supone para los terceros acreedores, y que la propia disciplina presupuestaria exige que no se demore su aplicación a presupuesto, ha de dictarse la oportuna norma con rango de ley para dotar la cobertura crediticia necesaria para su cancelación.

En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y del Ministro del Interior, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de diciembre de 1998,

DISPONGO:

Artículo 1.

Para atender obligaciones de ejercicios anteriores se conceden créditos extraordinarios por importe de 9.769.974.398 pesetas, en el vigente presupuesto de la Sección 16 «Ministerio del Interior», con el detalle que se recoge en el anexo.

Artículo 2.

Los créditos extraordinarios que se conceden en el artículo 1 se financiarán con Deuda Pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre.

Disposición final única.

El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 11 de diciembre de 1998.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno en funciones,

FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

ANEXO I
Concesión de créditos extraordinarios

Servicio 01: Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales

Aplicación Denominación

Importe

Pesetas

 

Programa 221.A «Dirección y Servicios Generales de Seguridad y Protección Civil»

 
Artículo 29. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 292.

Suministros y material:

00 Energía eléctrica.

7.513.703
Concepto 293.

Comunicaciones:

00 Telefónicas.

1.941.511
  01 Postales. 74.169.812
Concepto 299.

Otros gastos corrientes:

00 Transportes.

492.403.635
Artículo 69. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 692.

Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios.

12.489.966
  Programa 223.A «ProtecciónCivil»  
Artículo 29. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 293.

Comunicaciones:

00 Telefónicas.

10.232.300
Concepto 299.

Otros gastos corrientes:

00 Transportes.

1.228.640

Servicio 02: Secretaría de Estado de Seguridad

Aplicación Denominación

Importe

Pesetas

 

Programa 221.A «Dirección y Servicios Generales de Seguridad

y Protección Civil»

 
Artículo 29. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 292.

Suministros y material:

00 Energía eléctrica.

1.913.669

Servicio 03: Dirección General de la Policía

Aplicación Denominación

Importe

Pesetas

  Programa 222.A «Seguridad ciudadana»  
Artículo 29. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 290.

Arrendamientos:

02 Edificios y otras construcciones.

35.844.311
Concepto 291.

Reparaciones y conservación:

03 Maquinaria, instalaciones y utillaje.

649.639
  04 Elementos de transporte. 29.025.873
  06 Equipos para proceso de información 26.190.545
Concepto 292.

Suministros y material:

00 Energía eléctrica.

166.946.719
  01 Agua. 2.688.984
  02 Gas. 7.190.114
  03 Combustible. 28.628.349
  05 Productos alimenticios. 643.845
  06 Productos farmacéuticos. 1.491.428
  09 Labores de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. 1.101.626.792
  20 Material de oficina ordinario no inventariable. 4.449.236
  21 Prensa, revistas, libros y otras publicaciones. 2.287.919
  22 Material informático no inventariable. 73.950
  99 Otros suministros. 38.690.951
Concepto 293.

Comunicaciones:

00 Telefónicas.

2.339.658.062
  01 Postales. 52.189.427
  02 Telegráficas. 117.475
Concepto 294.

Tributos:

02 Locales.

3.901.037
Concepto 295.

Gastos diversos:

01 Atenciones protocolarias y representativas.

133.446
  99 Otros gastos diversos. 86.422
Concepto 296.

Trabajos realizados por otras empresas y profesionales:

06 Estudios y trabajos técnicos.

2.291.418
Concepto 297.

Indemnizaciones por razón del servicio:

00 Dietas.

505.693.666
  01 Locomoción. 999.693.609
Concepto 299.

Otros gastos corrientes:

00 Transportes.

4.764.380
Artículo 39. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 399. Intereses de demora. 2.039.324

Servicio 04: Dirección General de la Guardia Civil

Aplicación Denominación

Importe

Pesetas

  Programa 222.A «Seguridad ciudadana»  
Artículo 19. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 192.

Retribuciones en especie:

02 Bonificaciones.

52.936.215
Artículo 29. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 290.

Arrendamientos:

02 Edificios y otras construcciones.

62.346.653
Concepto 291.

Reparaciones y conservación:

02 Edificios y otras construcciones.

604.916
Concepto 292.

Suministros y material:

00 Energía eléctrica.

322.572
  03 Combustible. 552.025
  99 Otros suministros 1.736.195
Concepto 293.

Comunicaciones:

00 Telefónicas.

207.232.398
  01 Postales. 3.818.720
  02 Telegráficas. 64.789
Concepto 296.

Trabajos realizados por otras empresas y profesionales:

06 Estudios y trabajos técnicos.

362.389
Concepto 297.

Indemnizaciones por razón del servicio:

00 Dietas.

210.320.893
  01 Locomoción. 376.663.648
  02 Traslado. 300.691.229
  03 Otras indemnizaciones. 7.095.423
Concepto 299.

Otros gastos corrientes:

00 Transportes.

668.212
Artículo 39. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 399. Intereses de demora. 935.238.323
Artículo 69. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 693. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios. 49.828.558

Servicio 05: Dirección General de Instituciones Penitenciarias

Aplicación Denominación

Importe

Pesetas

  Programa 144.A «Centros e instituciones penitenciarias»  
Artículo 19. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 196.

Gastos sociales del personal:

02 Transporte de personal.

33.053.675
Artículo 29. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 292.

Suministros y material:

00 Energía eléctrica.

357.233.835
  01 Agua. 14.398.762
  02 Gas. 1.718.478
  03 Combustible. 657.788
  05 Productos alimenticios. 83.396.385
  06 Productos farmacéuticos. 403.182.840
  20 Material de oficina ordinario no inventariable. 586.428
  22 Material informático no inventariable. 12.737
  99 Otros suministros. 13.247.065
Concepto 293.

Comunicaciones:

00 Telefónicas.

26.780.441
  04 Informáticas. 6.698.697
Concepto 295.

Gastos diversos:

03 Jurídicos, contenciosos.

10.520.078
Concepto 296.

Trabajos realizados por otras empresas y profesionales:

06 Estudios y trabajos técnicos.

348.950
Concepto 299.

Otros gastos corrientes:

00 Transportes.

409.131
  02 Asistencia sanitaria. 638.967.726
Artículo 46. A Corporaciones Locales:  
Concepto 469. Depósitos municipales, obligaciones de ejercicios anteriores. 152.375
Artículo 69. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 693. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios. 7.598.256

Servicio 06: Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas

Aplicación Denominación

Importe

Pesetas

  Programa 313.G «PlanNacional sobre Drogas»  
Artículo 29. Obligaciones de ejercicios anteriores:  
Concepto 292.

Suministros y material:

00 Energía eléctrica.

1.637.436
   Total créditos extraordinarios. 9.769.974.398

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 11/12/1998
  • Fecha de publicación: 12/12/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 12/12/1998
  • Entrada en vigor: 12 de diciembre de 1998.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 22 de diciembre de 1998 (Ref. BOE-A-1998-30028).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 101 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Ministerio del Interior

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