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Documento BOE-A-1998-28508

Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima), del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso número 2.117/1995, interpuesto por doña Inmaculada Esteban Talavera.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 10 de diciembre de 1998, páginas 40873 a 40873 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-28508

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima), del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso número 2.117/1995, interpuesto por doña Inmaculada Esteban Talavera, contra resolución del Director general de Administración Penitenciaria de 4 de agosto de 1995, por la que se le impuso a la recurrente dos sanciones de apercibimiento al considerarla responsable de dos faltas leves, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima), del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia de 4 de julio de 1998, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos, con la extensión que se establece en el presente pronunciamiento, el recurso contencioso administrativo interpuesto, en su propio nombre y representación, por doña Inmaculada Esteban Talavera contra el acto administrativo reflejado en el fundamento de derecho primero de la presente Resolución, el cual, por ser contrario a derecho, anulamos; debiendo declarar y declarando, al propio tiempo: 1.º El derecho que ostenta la recurrente a que sea corregida de su expediente personal la anotación de las dos faltas que se llevó a efecto; 2.º Que debemos desestimar y desestimamos el resto de pretensiones contenidas en el suplico del escrito de demanda; pronunciamientos por los que habrán de estar y pasar los contendientes, y todo ello sin efectuar pronunciamiento alguno en cuanto a costas».

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 17 de noviembre de 1998.‒El Director general, Ángel Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.

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