Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-28316

Resolución de 10 de noviembre de 1998, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas, mediante el sistema de acceso libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 8 de diciembre de 1998, páginas 40522 a 40525 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-28316

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de

Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de Creación de la Universidad

de Almería, y el Decreto 2/1995, de 10 de enero, por el que

se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la

Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de

personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 8 de la citada Ley, el artículo 24 del Decreto

2/1995 y el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c), de la

misma norma, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso

en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de

la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases

de convocatoria.

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas

de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de

la Universidad de Almería, mediante el sistema general de acceso

libre. Las citadas plazas podrán tener jornada de trabajo en turno

de mañana o en turno de tarde.

Las plazas que se convocan podrán ser ampliadas con ocasión

de vacantes que se produzcan desde la fecha de esta Resolución

hasta la fecha de realización del primer ejercicio. El Rectorado

de la Universidad de Almería publicará, en tiempo y forma, en

los correspondientes tablones de anuncios, el número de plazas

definitivamente convocadas.

1.2 Del total de las plazas se reservará un 3 por 100 para

ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de

discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la

disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de

julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el supuesto

de no ser éstas cubiertas se acumularán a las restantes plazas

convocadas.

1.3 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de

Creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995, de

10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de

la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas de esta

Resolución.

1.4 El procedimiento de selección de aspirantes será el de

oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias

que se especifican en el anexo I.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio se iniciará a partir del 15 de diciembre

de 1998. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución

del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y

excluidos.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los

Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos

Estados a los que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos

en que ésta se halle definida en Tratado Constitutivo de la

Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Formación Profesional de tercer grado o

equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine

el plazo de presentación de solicitudes. Se considerará equivalente

al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos

completos de Licenciatura.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las

Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal

de esta Universidad de Almería. A la instancia se acompañarán

una fotocopia simple del documento nacional de identidad,

pasaporte u otro documento de identificación suficiente, en caso de

no ostentar la nacionalidad española presentará fotocopia simple

de documento identificativo del país al que pertenece el solicitante.

3.2 Los nacionales de los demás Estados miembros de la

Unión Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los

Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los

trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en

Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar

mediante documento suficiente, debidamente traducido al

castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en su Estado el acceso a la función pública.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizara el recuadro 5 de la misma.

Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro número 6,

las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización

de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los aspirantes deberán indicar en el recuadro A, en el

apartado 22 "Datos a consignar", según las bases de la

convocatoria, el idioma elegido para la realización de la primera parte

del cuarto ejercicio (anexo I).

3.5 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector

de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días naturales,

contados a partir del siguiente a la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.6 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

3.7 Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo

original que deberá unirse a la solicitud de participación en las

pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen que

ascenderán a la cantidad de 5.000 pesetas, mediante ingreso o

transferencia bancaria en la cuenta corriente número

3058.0099.273100700.8, abierta al efecto en la Caja Rural de

Almería, oficina principal, con el título "Universidad de Almería.

Concursos y Oposiciones", especificando en tal resguardo el

nombre y apellidos, el documento nacional de identidad y la Escala

a la que solicita participar.

En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4 de esta

Resolución.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos, se nombrará el tribunal calificador y se recogerá el

lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación

de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de

exclusión. En la lista deberá constar en todo caso apellidos, nombre

y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,

la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo

de diez días hábiles para subsanación de errores.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El tribunal calificador de estas pruebas será nombrado

por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según

lo estipulado en la base 4.1 de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

se publicará en el tablón de anuncios del "Servicio de Gestión

de Personal", Resolución por la que se nombren a los nuevos

miembros del tribunal que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas previstas en la

base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de

constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad de Almería.

5.8 El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985

("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros

equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de

Almería, carretera de Sacramento, sin número, teléfono 950 21 51 24.

El tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el anexo V del Decreto

54/1989, de 21 de marzo, ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía", de 21 de abril).

5.12 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, el tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará por

sorteo efectuado por el tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el tribunal.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicos por el tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si es nuevo ejercicio.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,

lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual

deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes

o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a

los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación

y nombramiento de funcionarios de carrera

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la

fase de oposición, el tribunal hará públicas en los lugares de

examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

las listas con las puntuaciones correspondientes.

La calificación final se obtendrá de la forma establecida en

el anexo I de esta convocatoria. La lista de aprobados del proceso

selectivo no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo

nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el tribunal hará

públicas las relaciones definitivas de aprobados por orden de

puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los

ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la

fase de concurso y la calificación final.

7.3 Dichas relaciones serán elevadas al Rector de la

Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior,

los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en

el Registro General de la Universidad o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título de

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Formación Profesional de

tercer grado o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a

esta convocatoria.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

minusválidos deberán presentar certificación, de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la

Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e

igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos

de la Administración Sanitaria acreditativa de la compatibilidad

con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

de participación.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de

fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas enviada a la universidad convocante con el apartado

"Reservado para la Administración" debidamente cumplimentado.

8. Norma final

8.1 Contra la presente Resolución y sus bases podrán los

interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde

el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria.

8.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder

a la revisión de las resoluciones del tribunal conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Almería, 10 de noviembre de 1998.-El Rector, Alfredo

Martínez Almécija.

ANEXO I

Ejercicios y calificación

1. Fase de oposición

Ejercicios y calificación: La fase de oposición estará formada

por los ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos

eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado

en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura

como anexo II de esta convocatoria. Se calificará de cero a diez

puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco

puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio

será de noventa minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la redacción de los asientos

bibliográficos en formato "Ibermarc" de cuatro impresos modernos,

dos de los cuales deberán ser obligatoriamente en castellano, uno

en inglés y otro en francés o alemán. El asiento bibliográfico

constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de

Catalogación (Madrid, Dirección General del Libro y Bibliotecas, 1995).

b) Encabezamientos de materia que se redactarán ajustándose

a cualquiera de las listas de encabezamientos de materia

existentes.

c) Clasificación Decimal Universal. Para la realización de este

ejercicio los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación,

las tablas de la CDU y el manual de formato "Ibermarc", cualquier

encabezamiento de materias existentes y diccionarios bilingües.

Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para

aprobar obtener una puntuación mínima de cinco puntos y no haber

obtenido una puntuación de cero en ninguno de los asientos

bibliográficos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio

será de tres horas.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas

de entre tres propuestos por el tribunal relacionados con el

contenido del programa que figura como anexo II en esta convocatoria.

El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública

ante el tribunal que valorará la formación general y actualización

de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación

personal de los aspirantes y la facilidad de expresión. Se calificará

de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener

un mínimo de cinco puntos y no haber obtenido una calificación

de cero puntos en alguno de los temas. El tiempo máximo para

la realización de este ejercicio será de tres horas.

Cuarto ejercicio: Se divide en dos partes:

Primera parte: Consistirá en la realización por escrito de un

resumen analítico en lengua castellana (de hasta 150 palabras),

de un artículo sobre temas bibliotecario/documentales en un

idioma extranjero (inglés, francés o alemán, a elección del opositor).

Para realizar el ejercicio los aspirantes podrán utilizar diccionario.

El tiempo máximo de duración de esta parte será de una hora

y treinta minutos.

Segunda parte: Consistirá en la realización de una búsqueda

bibliográfica, utilizando los recursos disponibles en la Biblioteca

de la Universidad de Almería, impresos y/o automatizados

(catálogo automatizado, CD-ROM, Internet), sobre un tema concreto

que propondrá el tribunal igual para todos los opositores y que

seleccionará por sorteo entre varias propuestas del tribunal. El

tiempo máximo de realización de esta parte del ejercicio será de

dos horas.

Se calificará de cero a diez puntos cada una de las dos partes

del ejercicio, siendo necesario obtener, al menos, cinco puntos

en cada una de ellas.

2. Calificación final

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios

de la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio.

ANEXO II

Programa

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido.

2. El Ministerio de Educación y Cultura. Su estructura en

relación con el libro, bibliotecas y patrimonio.

3. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983, de

25 de agosto. Estructura y organización de las universidades.

4. El sistema universitario en Andalucía. Ley del Parlamento

de Andalucía 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario.

El régimen jurídico de la Universidad de Almería.

5. El funcionario público. Concepto y clases. Situaciones.

Derechos y deberes. Clases y régimen jurídico del profesorado

universitario. Clases y régimen jurídico del personal de

Administración y Servicios.

6. Las fases del procedimiento administrativo. Recursos

administrativos.

7. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases

de bibliotecas.

8. Bibliotecas nacionales. Concepto y función.

9. Bibliotecas públicas. Concepto y función.

10. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.

11. La Biblioteca de la Universidad de Almería.

12. Instalación y equipamiento de bibliotecas. Normas de

conservación y restauración del fondo documental.

13. Gestión y desarrollo de las colecciones en bibliotecas

universitarias. El programa Conspectus. Técnicas de evaluación.

14. Catalogación y normalización. ISBD, ISBN, ISSN.

Catálogos automatizados.

15. Formatos de intercambios de información bibliográfica.

El formato MARC. Normas OSI.

16. Reconversión de catálogos.

17. Sistemas de clasificación.

18. Análisis documental. Indización. Resúmenes.

19. Lenguajes documentales: Thesaurus: Concepto,

elaboración y mantenimiento.

20. Gestión automatizada de servicios bibliotecarios.

21. Servicios a los lectores: Referencia e información

bibliográfica, difusión selectiva de la información y formación de

usuarios. Técnicas de evaluación.

22. Servicios a los lectores: Préstamo interbibliotecario y

extensión bibliotecaria. Técnicas de evaluación.

23. Evaluación de la gestión y de los servicios bibliotecarios.

24. La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes de

bibliotecas. Situación en España.

25. Nuevas tecnologías de la información y su aplicación a

los servicios bibliotecarios. Panorámica de la situación en las

bibliotecas universitarias españolas.

26. Bases de datos documentales y bibliográficas.

27. Bibliografía y fuentes de información: Definición y

objetivos. Evaluación histórica y situación actual. El programa CBU.

28. Concepto, fines y problemas de la elaboración de las

bibliografías, bibliografías generales y especializadas.

29. Concepto, fines y problemas de la elaboración de

bibliografías nacionales. Las bibliografías nacionales. La bibliografía

española.

30. Concepto, fines y problemas de la elaboración de

bibliografías de publicaciones periódicas y oficiales.

31. Fuentes de información impresa y automatizada en

humanidades y ciencias sociales.

32. Fuentes de información impresa y automatizada en

ciencia y tecnología.

33. Catálogos de grandes bibliotecas. Catálogos colectivos.

34. Concepto y función del archivo. Clases de archivo.

35. Instalación y equipamiento de archivos. Conservación y

restauración de documentos.

36. Principios generales de organización de fondos. Sistemas

de clasificación y ordenación de documentos.

37. Descripción de fondos: Guías, inventarios, catálogos e

índices.

38. Los archivos universitarios. Producción y gestión

documental. Valor histórico de la documentación universitaria.

39. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.

40. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.

41. La ilustración del libro y la encuadernación.

42. Siglos XIX y XX. Las técnicas en la producción del libro.

El movimiento bibliotecario anglosajón.

43. Origen y evolución de las bibliotecas universitarias.

44. La industria editorial y el comercio librero en la

actualidad.

45. Organizaciones internacionales al servicio de las

bibliotecas: IFLA, FID, ISO. La cooperación internacional.

46. El sistema bibliotecario español. Legislación y

competencias en las distintas Administraciones.

47. El sistema español de archivos. Legislación y competencia

de las distintas Administraciones.

ANEXO III

Declaración jurada

Don/doña..................................................,

con domicilio en...............................................

y documento nacional de identidad número.....................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos,

Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, que no ha

sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de

ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado

para el ejercicio de funciones públicas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid