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Documento BOE-A-1998-27941

Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se procede a la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid para la dotación de textos normativos de la Comunidad al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 1998, páginas 39882 a 39883 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1998-27941

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Justicia y la Consejería de

Presidencia de la Comunidad de Madrid, un Convenio de colaboración

para la dotación de textos normativos de la Comunidad al Tribunal Superior

de Justicia de Madrid, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto

noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990,

sobre convenios de colaboración entre la Administración del Estado y

las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder a la publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio que, a tal efecto, figura

como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 17 de noviembre de 1998.-El Secretario de Estado, José Luis

González Montes.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE

JUSTICIA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA DE LA

COMUNIDAD DE MADRID PARA LA DOTACIÓN DE TEXTOS NORMATIVOS

DE LA COMUNIDAD AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE MADRID

En Madrida5denoviembre de 1998.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don José Luis González Montes, Secretario de

Estado de Justicia, por delegación de firma de la excelentísima señora

Ministra de Justicia (Orden de 2 de octubre de 1998), a quien corresponde

en virtud de Acuerdo aprobado en Consejo de Ministros en su reunión

de 3 de julio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de julio).

El excelentísimo señor don Jesús Pedroche Nieto, Consejero de

Presidencia de la Comunidad de Madrid, en representación de la misma de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41, apartado a), de la Ley 1/1983,

de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de

Madrid,

EXPONEN

Que la Constitución española, en su artículo 149.1.5. a , atribuye al Estado

la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.

Que en relación con la Administración de Justicia, corresponde al

Gobierno de la Comunidad de Madrid, según dispone el artículo 49.1 de

su Estatuto de Autonomía, ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica

del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno de la Nación.

Que la integración de las Leyes y Reglamentos autonómicos en el

ordenamiento jurídico hace necesaria la disponibilidad de los textos normativos

por parte de Jueces, Magistrados y Abogados que, si bien la sola publicación

oficial de dichos textos es requisito suficiente para su eficacia formal,

no basta para su eficacia real, que es exigida por el respeto a las

competencias de la Comunidad y, en especial, a la voluntad popular

manifestada a través de las Leyes aprobadas por la Asamblea de Madrid.

En consecuencia, las partes acuerdan la firma del presente Convenio

que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio de colaboración tiene por objeto dotar

a las Salas y Secciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, así

como a su biblioteca, con los textos normativos de la Comunidad de Madrid

para facilitar su consulta a los Magistrados y demás interesados que tengan

acceso a la biblioteca del mencionado Tribunal.

Segunda.-A tales efectos, a las instituciones firmantes les corresponde:

Al Ministerio de Justicia, aportar los medios materiales e informáticos

necesarios para la debida clasificación y conservación de la normativa

aportada por la Comunidad de Madrid, así como disponer lo necesario

para que el personal destinado en la biblioteca del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid atienda los requerimientos de consulta sobre normativa

autonómica que se le interese, respondiendo de la documentación recibida.

A la Consejería de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, facilitar

los textos normativos de la misma, lo que incluirá un número suficiente

de "Boletines Oficiales de la Comunidad de Madrid", así como los

repertorios de su legislación, tanto en formato de papel como con soporte

informático. La Comunidad mantendrá la propiedad de estos materiales sin

perjuicio de su depósito en el Tribunal Superior de Justicia.

Tercera.-Para la interpretación y aplicación del presente Convenio

se crea una Comisión Mixta de Seguimiento, que estará integrada por

un representante de cada una de las partes firmantes designado,

respectivamente, por el excelentísimo señor Secretario de Estado de Justicia

y por el excelentísimo señor Consejero de Presidencia de la Comunidad

de Madrid.

Sus funciones consistirán en la planificación, supervisión y resolución

de cuantas cuestiones puedan derivarse de la interpretación y ejecución

del Convenio.

Cuarta.-El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir

de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 1998, siendo

prorrogable anualmente, de forma automática, salvo denuncia expresa de

alguna de las partes, con una antelación mínima de un mes, o se produzca

la transferencia a la Comunidad de Madrid de los medios personales y

materiales puestos a disposición de la Administración de Justicia.

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente Convenio

por duplicado, en el lugar y fecha antes indicados.-El Secretario de Estado

de Justicia, José Luis González Montes.-El Consejero de Presidencia de

la Comunidad de Madrid, Jesús Pedroche Nieto.

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