En el recurso contencioso-administrativo número 131/1996, referente
al expediente de marca número 1.699.951/7, interpuesto ante el Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía por "Luis Caballero, Sociedad Anónima",
actuando como codemandada "Unión Salazonera Isleña, Sociedad
Anónima", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 28 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 25 de octubre de 1997,
por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
número 131, de 1996, interpuesto por ``Luis Caballero, Sociedad Anónima'',
contra la Resolución de la Oficina de Marcas y Patentes de 28 de julio
de 1995, que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con
el ordenamiento jurídico. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-El Director general, P. S., el Secretario
general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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