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En el recurso contencioso-administrativo número 897/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Nabisco Inc.» contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de febrero y 18 de mayo de 1995, se ha dictado, con fecha 3 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 897/95, interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de «Nabisco Inc.», contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 18 de mayo de 1995, en la que desestimó el recurso ordinario planteado contra la Resolución anterior de la misma Oficina de 6 de febrero de 1995, que concedió la marca nacional número 1.666.790, con distintivo ARISCO (graf), para productos de la clase 30. Sin costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.‒El Director general, P. S., el Secretario general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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