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En el recurso contencioso-administrativo número 662/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Perfumería Gal, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 27 de octubre de 1993, se ha dictado, con fecha 4 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación legal de “Perfumería Gal, Sociedad Anónima”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 27 de octubre de 1993, por la que se estima el recurso de reposición formalizado por “Prisunic, Sociedad Anónima”, contra la Resolución, de 15 de septiembre de 1992, que denegó parcialmente la marca internacional número 541.133 “Flora”, revocándose así dicha Resolución; declaramos dicho acto administrativo conforme a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.‒El Director general, P. S., el Secretario general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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