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Documento BOE-A-1998-27614

Orden de 23 de octubre de 1998 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento, por cambio de domicilio, del Centro privado concertado de Educación Especial denominado «Padre Vinjoy», de Oviedo (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 1998, páginas 39402 a 39402 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-27614

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido a instancia de don Adolfo Rivas Fernández, en representación de la «Fundación Padre Vinjoy», titular del Centro privado concertado de Educación Especial denominado «Padre Vinjoy», en solicitud de cambio de domicilio de la avenida del Cristo, 48, a la calle General Elorza, número 67, ambas en Oviedo (Asturias),

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro privado de Educación Especial, quedando constituido de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Especial.

Denominación específica: «Padre Vinjoy».

Provincia: Asturias.

Municipio: Oviedo.

Localidad: Oviedo.

Domicilio: Calle General Elorza, 67.

Titular: «Fundación Padre Vinjoy».

Capacidad:

Una unidad de Educación Infantil.

Una unidad de Educación Básica.

Una unidad de Formación Profesional Especial.

El centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.

Segundo.

Autorizar la extinción de la autorización, por cambio de domicilio, del centro privado concertado de Educación Especial, denominado «Padre Vinjoy», domiciliado en avenida del Cristo, número 48, de Oviedo (Asturias), debiendo causar baja en el Registro de Centros Docentes.

Tercero.

El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58, de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 23 de octubre de 1998.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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