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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección Cuarta), Sevilla, en el recurso número 1.647/1995, interpuesto por don Pedro Cascajo Rodríguez, sobre prestación económica por asistencia sanitaria.
Madrid, 11 de noviembre de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general del Instituto Social de las Fuerzas Armadas.
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