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Documento BOE-A-1998-27512

Orden de 13 de octubre de 1998 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento de los centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria denominados «B. R. A. Institución», de La Moraleja-Alcobendas (Madrid), y como consecuencia de ellos establecer la configuración del centro de Educación Secundaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 1998, páginas 39292 a 39293 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-27512

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Manuel Sánchez Gutiérrez solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de los centros privados de Educación Infantil y de Educación Primaria «B. R. A. Institución», sitos en la calle Salvia, número 48, de La Moraleja-Alcobendas (Madrid), según lo dispuesto en el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general,

Por todo ello, el Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.

Autorizar, de acuerdo con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, la apertura y funcionamiento de los centros de Educación Infantil y de Educación Primaria «B. R. A. Institución», de La Moraleja-Alcobendas (Madrid), y como consecuencia de ello establecer la configuración definitiva del centro existente en el mismo edificio o recinto escolar que se describe a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: «B. R. A. Institución». Titular: «Sociedad Limitada Colegio Brains». Domicilio: Calle Salvia, número 48. Localidad: La Moraleja-Alcobendas. Municipio: Alcobendas. Provincia: Madrid. Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, segundo ciclo. Capacidad: Tres unidades y 75 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: «B. R. A. Institución». Titular: «Sociedad Limitada Colegio Brains. Domicilio: Calle Salvia, número 48. Localidad: La Moraleja-Alcobendas. Municipio: Alcobendas. Provincia Madrid. Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria. Capacidad: Nueve unidades y 225 puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «B. R. A. Institución». Titular: «Sociedad Limitada Colegio Brains». Domicilio: Calle Salvia, número 48. Localidad: La Moraleja-Alcobendas. Municipio: Alcobendas. Provincia: Madrid. Enseñanzas a impartir:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Ocho unidades y 224 puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud. Capacidad: Dos unidades y 56 puestos escolares.

c) Bachillerato: Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: dos unidades y 59 puestos escolares.

d) Bachillerato: Modalidad de Tecnología. Capacidad: Dos unidades y 67 puestos escolares.

Segundo.

La presente autorización surtirá efectos a partir del presente curso académico 1998-1999 y se comunicará de oficio al Registro de centros a los efectos oportunos.

Tercero.

La titularidad de los centros remitirá a la Subdirección Territorial Madrid-Norte de la Dirección Provincial del Departamento en Madrid la relación del profesorado, con indicación de su titulación respectiva. El personal que atienda las unidades autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio.

La mencionada relación deberá ser aprobada expresamente por la Subdirección Territorial, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, de acuerdo con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril.

Cuarto.

Los centros que por la presente Orden se autorizan deberán cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto.

Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto.

Contra la presente Orden el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 13 de octubre de 1998.‒P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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