Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 16 de julio de 1997, sentencia firme en el recurso de apelación número 12.177/1991, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 47.311, promovido por don José Forner Galván y "Playa del Postiguet, Sociedad Anónima", sobre sanción por infracción en materia de pesca; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional de 11 de julio de 1988, revocando dicha resolución y declarando ajustado a derecho el acuerdo parcialmente anulado por la misma. Sin costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 23 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), La Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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