Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, de la Audiencia Nacional el recurso número 3/237/1997, interpuesto por doña María Dolores Márquez de Prado y Noriega contra la Administración General del Estado sobre traslado forzoso, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado sentencia de 13 de noviembre de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero. Que, estimando el presente recurso número 237/1997, interpuesto por doña María Dolores Márquez de Prado y Noriega contra la resolución del Ministerio de Justicia (titular del Departamento), de 12 de mayo de 1997, por la que se dispuso el traslado forzoso de la recurrente en su condición de Fiscal de la Audiencia Nacional, declaramos la nulidad de dicha resolución por ser contraria al ordenamiento jurídico.
Segundo. No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Subsecretaría, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 16 de noviembre de 1998.‒El Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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