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Documento BOE-A-1998-26500

Orden de 23 de octubre de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del centro «María Inmaculada», de Zamora.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 17 de noviembre de 1998, páginas 37670 a 37671 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-26500

TEXTO ORIGINAL

El centro «María Inmaculada», con domicilio en calles Argentina, 37, y Hernán Cortés, 40 de Zamora, tenía concierto educativo para cuatro unidades de la rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado, en base a lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 14), por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1997-1998.

Por Orden de 26 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1998-1999, se aprueba concierto educativo al citado centro para dos unidades de la rama de servicios en Formación Profesional de primer grado, por los motivos que se indicaban como fundamento de la citada Orden de 26 de mayo de 1998.

La Orden de 11 de septiembre de 1998, que modifica la de 26 de mayo de 1998, concede concierto educativo para dos unidades del ciclo formativo de grado medio: Cuidados auxiliares de enfermería al haber obtenido el centro, con fecha 29 de julio de 1998, informe favorable de la Subdirección General de Infraestructuras para el ciclo formativo de grado medio: Cuidados auxiliares de enfermería.

Habiendo comunicado el centro con fecha 29 de septiembre de 1998, que únicamente pone en funcionamiento una unidad del ciclo formativo de grado medio: Cuidados auxiliares de enfermería y teniendo en cuenta el informe emitido por el Servicio de Inspección de Educación/Dirección Provincial, una vez analizados los datos obtenidos en el proceso de escolarización para el curso 1998-1999, que propone se dicte una nueva Orden de modificación que recoja el concierto únicamente para una unidad del citado ciclo formativo para este curso,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Aprobar la disminución de una unidad concertada al centro «María Inmaculada», sito en calles Argentina, 37, y Hernán Cortés, 40, de Zamora, quedando establecido un concierto educativo para las unidades y enseñanzas que se detallan:

Dos unidades de la rama de servicios en Formación Profesional de primer grado.

Una unidad para el ciclo formativo de grado medio: Cuidados auxiliares de enfermería.

Segundo.

La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.

Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Zamora y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.

El concierto educativo para el ciclo formativo de grado medio: Cuidados auxiliares de enfermería, estará condicionado, en su caso, a la finalización de las obras y obtención de la preceptiva autorización al inicio del curso académico 1998-1999.

Quinto.

Si el titular del centro concertado, sin causa justificada no suscribiese el documento de la modificación en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarla de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al centro de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985 y 52 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

Sexto.

La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso 1998-1999.

Séptimo.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 23 de octubre de 1998.‒P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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