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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena), en el recurso número 6/1996, interpuesto por doña Victoria Salceda Centeno, sobre pensión de orfandad.
Madrid, 28 de octubre de 1998.‒El Subsecretario, P. D., el Secretario general técnico, Diego Chacón Ortiz.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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