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Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/564/1996, interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Manuel Muniesa Marín, en nombre y representación de don Juan José Conde Rodríguez, contra Resolución de 9 de abril de 1996, de la entonces Dirección General de Administración Penitenciaria, por la que se le impuso al recurrente la sanción de siete días de suspensión de funciones como autor disciplinariamente responsable de una falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 9 de junio de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 3/564/1996, interpuesto por la representación de don Juan José Conde Rodríguez, contra las resoluciones del Ministerio de Justicia e Interior descritas en el primer fundamento de derecho, que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico.
No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 15 de octubre de 1998.‒El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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