De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), en el recurso número 880/1997, interpuesto por don Quiterio Matías Navarro, sobre diferencias retributivas (Ley 35/1980).
Madrid, 21 de octubre de 1998.‒El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares. Unidad de Gestión de Mutilados.
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