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Documento BOE-A-1998-25833

Resolución de 23 de octubre de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se retrotraen al 11 de marzo de 1985 los efectos administrativos de los nombramientos de don Antonio Ocaña Reyes y don José Rojano Martínez, como funcionarios de carrera del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 1998, páginas 36598 a 36598 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-25833

TEXTO ORIGINAL

Vistos los escritos de don Antonio Ocaña Reyes y don José

Rojano Martínez por los que solicitan el reconocimiento de

determinados efectos retroactivos a sus nombramientos como

funcionarios de carrera del Cuerpo General Administrativo de la

Administración del Estado,

Comprobada la identidad de las situaciones existentes entre

los ahora reclamantes con respecto a otros funcionarios del mismo

Cuerpo a quienes por distintas sentencias de los Tribunales de

Justicia, entre las que pueden citarse las de la Audiencia Nacional

de 7 de octubre de 1991, 27 de diciembre de 1994y7demarzo

de 1996, se les reconocieron dichos efectos retroactivos, resulta

procedente acceder a sus pretensiones, aplicándoles los mismos

pronunciamientos contenidos en aquéllas, de conformidad con el

principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la

Constitución.

En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración

Pública, en uso de las facultades que le están conferidas por el

artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,

resuelve:

Primero.-Retrotraer al 11 de marzo de 1985 los efectos

administrativos de los nombramientos de don Antonio Ocaña Reyes

y don José Rojano Martínez, como funcionarios de carrera del

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Segundo.-Disponer que por los servicios correspondientes del

Ministerio de Defensa o Fomento, según corresponda en función

del último destino ocupado por los interesados, se les practique

y abone liquidación complementaria por diferencias de haberes

entre los percibidos y los que realmente les hubieran correspondido

desde el 23 de septiembre de 1993, de conformidad con el plazo

de prescripción establecido en el artículo 46 de la Ley General

Presupuestaria de 23 de septiembre de 1988.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,

en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 66 y demás preceptos concordantes

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

previa la preceptiva comunicación a este Ministerio, según

previene el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 23 de octubre de 1998.-El Secretario de Estado,

Francisco Villar García-Moreno.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y Fomento

y Director general de la Función Pública.

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