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Documento BOE-A-1998-25571

Orden de 16 de octubre de 1998 por la que se extingue el concierto educativo al centro privado de Formación Profesional «Instituto Profesional de la Mujer» de Valladolid y se aprueba concierto en formación profesional al centro «Grial» de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1998, páginas 36331 a 36332 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-25571

TEXTO ORIGINAL

El centro "Instituto Profesional de la Mujer", sito en calle Ruiz

Hernández, 14, de Valladolid, tenía concierto educativo para cuatro unidades

de la Rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado y dos

unidades para ciclos formativos de grado medio, en base a lo establecido

en la Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14),

por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos

educativos de los centros docentes privados para el curso 1997/1998.

Por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 2

de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de

los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso

1998/1999, se aprueba concierto educativo al citado centro para dos

unidades de la Rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado;

dos unidades para los ciclos formativos de grado medio: Cuidados

Auxiliares de Enfermería y Gestión Administrativa y tres unidades de la Rama

Administrativa-Delineación para los ciclos formativos de grado superior:

1. o C. Administración y Finanzas; 1. o C. Dietética y 1. o C. Laboratorio de

Diagnóstico Clínico, inidicándose en el apartado observaciones que, "al

tratarse de la fusión de dos centros, el concierto educativo estará

condicionado a la finalización de las obras, conforme el proyecto de obras

aprobado, y obtención de la preceptiva autorización antes del inicio del

curso escolar 1998/1999";

Considerando que, por Orden de 3 de julio de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" de 1 de agosto), se autoriza la apertura y funcionamiento

de los centros de Educación Secundaria "Sagrada Familia" y "Grial", sito

en la calle Ruiz Hernández, 14, de Valladolid, estableciendo la configuración

definitiva de los centros autorizados de la misma titularidad;

Considerando que, provisionalmente, hasta la implantación definitiva

de los ciclos formativos y teniendo en cuenta que en el recinto escolar

del centro de Educación Secundaria "Grial" se encontraba autorizado un

centro de Formación Profesional de primer grado, se podrán impartir

enseñanzas de Formación Profesional de primer grado;

Considerando, asimismo, que al estar acogido al régimen de conciertos

educativos el centro "Instituto Profesional de la Mujer" como consecuencia

de la Orden de 3 de julio de 1998, procede adecuar el concierto educativo

concedido al mismo por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" de 2 de junio).

Por todo lo anterior, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la extinción del concierto educativo concedido por

Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de junio),

al centro privado de Formación Profesional "Instituto Profesional de la

Mujer", de Valladolid.

Segundo.-Aprobar concierto educativo al centro privado "Grial", sito

en calle Ruiz Hernández, 14, de Valladolid, para las unidades, enseñanzas

y cursos que a continuación se indican:

Dos unidades de la Rama de Servicios en Formación Profesional de

primer grado.

Dos unidades para los ciclos formativos de grado medio:

Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Gestión Administrativa.

Tres unidades de la Rama Administrativa-Delineación para los ciclos

formativos de grado superior:

1. o C. Administración y Finanzas.

1. o C. Dietética.

1. o C. Laboratorio de Diagnóstico Clínico.

Tercero.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará

al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar

y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos

que por la presente se acuerda.

Cuarto.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada

por el Director provincial de Valladolid y el titular del centro o persona

con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo

mínimo de cuarenta y ocho horas.

Quinto.-El concierto educativo que por esta Orden se aprueba tendrá

efectos desde inicios del curso 1998/1999.

Sexto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la

presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la Orden,

previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 16 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,

"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación

y de Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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