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Documento BOE-A-1998-25535

Resolución de 14 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones para el manejo de embarcaciones de recreo.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1998, páginas 36313 a 36314 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-25535

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la Orden de 17 de junio de 1997,

por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones

de recreo, y la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante

de 30 de diciembre de 1997, publicadas en el "Boletín Oficial del Estado"

números 158, de 3 de julioy8de9deenero de 1998, respectivamente.

Esta Dirección General en uso de las facultades que tiene conferidas

ha resuelto convocar exámenes teóricos ordinarios para la obtención de

títulos de Patrón para Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de

Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate, con sujeción a las siguientes

bases de convocatoria:

Primera. Normasgenerales. Los examenes se celebrarán por

aquellos Tribunales que se constituyan de conformidad con lo establecido en

el artículo quinto de la Resolución de 30 de diciembre de 1997.

Segunda.Solicitudes. Los candidatos solicitarán su admisión a

examen en instancia dirigida al Presidente del Tribunal, ajustada al modelo

que se adjunta como anexoIalapresente Resolución.

A la solicitud deberán unirse los siguientes documentos:

a) Una fotografía en color semejante a las exigidas para el documento

nacional de identidad, en cuyo dorso figurarán su nombre y apellidos.

b) Certificado médico oficial ajustado al cuadro de aptitudes

psicofísicas o, en su defecto, fotocopia compulsada de la licencia de conducción

acompañada de informe de un médico o diplomado en óptica en el que

se certifique que el interesado cumple con el criterio 1.3 del anexo I,

o fotocopia de la tarjeta acreditativa del título anterior del candidato si

lo ha obtenido o renovado en un tiempo inferior de cinco años a la fecha

de la convocatoria que solicita.

c) Original del resguardo de derechos de examen, que deberán

ingresar en la Caja Postal de Ahorros, cuenta 11.401.941, a favor de la Dirección

General de la Marina Mercante por los siguientes importes:

Para Patrón para Navegación Básica: 5.000 pesetas.

Para Patrón de Embarcaciones de Recreo: 6.000 pesetas.

Para Patrón de Yate: 8.000 pesetas.

Para Capitán de Yate: 10.000 pesetas.

d) Una fotocopia del documento nacional de identidad, tarjeta de

residencia o pasaporte, vigentes.

Estos derechos de examen incorporarán el coste de cuantos actos

administrativos derive la presente convocatoria, incluidos los de expedición

de certificaciones, reclamaciones, etc. Se excluyen las tasas por compulsas,

expedición de títulos y tarjetas, o los expedientes por pérdida de

documentos u otros no derivados de la propia convocatoria de examen.

e) Los candidatos que tengan superada una parte del programa de

Patrón de Yate o Capitán de Yate, por haberla aprobado en exámenes

anteriores, aportarán en el momento de presentar la solicitud el certificado

del último examen realizado al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto

en el artículo segundo "convalidación del programa teórico" de la

Resolución de 30 de diciembre de 1997.

f) Aquellos candidatos que posean alguna titulación náutica y se

presenten a la inmediata superior deberán acompañar fotocopia cotejada del

título o tarjeta de indentidad. En todo caso, sólo cabe convalidación al

título considerado en su totalidad.

Tercera. Presentación desolicitudes. Las solicitudes para tomar

parte en los exámenes podrán presentarse directamente en la Dirección

General de la Marina Mercante, o bien en los lugares indicados en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

y se remitirán a los respectivos Tribunales de examen una vez constituidos

los mismos.

Cuarta. Lugares deexamen. Los examenes se celebrarán en las

fechas y lugares indicados en el anexo II.

Quinta.Tribunales. Los Tribunales que han de juzgar las pruebas

serán nombrados por la Dirección General de la Marina Mercante, una

vez conocido el número de candidatos presentados a los exámenes.

Los miembros de los Tribunales tendrán derecho al abono de

indemnizaciones por asistencias, de acuerdo con lo previsto en el Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo, a cuyos efectos los Tribunales de Capitán

de Yate y Patrón de Yate se incluirán en la primera categoría y los de

Patrón de Embarcaciones de Recreo y Patrón para Navegación Básica en

la segunda categoría de las previstas en el artículo 33.2 del citado Real

Decreto.

Sexta. Desarrollo de laspruebas. Los lugares de celebración de los

exámenes se anunciarán por los Presidentes de los Tribunales en los

respectivos tablones de anuncios una vez finalizado el plazo de presentación

de solicitudes y se indicarán los materiales o útiles que deberán llevar

los candidatos. Al finalizar el ejercicio, el candidato presentará el resguardo

de la solicitud de matrícula, sellada por la Administración.

Una vez conocido el número de candidatos, los Presidentes de los

Tribunales indicarán la fecha, hora y lugar de los exámenes para cada una

de las titulaciones.

Séptima. Resultado de losexámenes. Finalizados los exámenes, se

publicarán en los tablones de anuncios de los centros correspondientes,

las listas de calificaciones.

Los candidatos dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados

a partir del siguiente a la publicación de las listas de calificaciones para

presentar las reclamaciones que consideren oportunas, dirigidas al

Secretario del Tribunal, con indicación de los datos personales, motivo de la

reclamación y teléfono de contacto.

Los Secretarios de los Tribunales, con el visto bueno de sus respectivos

Presidentes, expedirán certificación individual de las calificaciones

obtenidas, que se ajustarán al modelo oficial, incluirán el resultado del

reconocimiento médico preceptivo y serán retirados por los interesados en

la localidad del examen. No será necesario emitir dicho certificado para

aquellos aspirantes que hubieran superado las pruebas en su totalidad.

Octava. Normafinal. La presente convocatoria y cuantos actos

administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y forma

previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 14 de octubre de 1998.-El Director general, Fernando Casas

Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

ANEXO I

Solicitud de participación en pruebas para la obtención de titulaciones

para el gobierno de embarcaciones de recreo

Apellidos.................................Nombre.................................

DNI ................................. F.nacimiento.................................

Domicilio...............................................................................

Código postal..............................Teléfono..............................

Desea examinarse para obtener la titulación de (marque con una cruz

lo que desee):

Patrón para Navegación Básica.

Patrón de Embarcaciones de Recreo.

Patrón de Yate.

Capitán de Yate.

Localidad de examen: Convocatoria de:

Por lo que solicita se le permita participar en el examen, de acuerdo

con lo indicado en la Resolución de 14 de octubre de 1998.

En .............. a .............. de .............. de 199 ..............

(Firma del solicitante)

Documentación aportada:

Fotografía.

Fotocopia documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de

residencia, vigentes.

Resguardo ingresos derechos de examen.

Fotocopia compulsada del título de certificado de asignaturas

aprobadas.

Certificado médico.

Sr. Presidente del Tribunal de exámenes para la obtención de titulaciones

para el gobierno de embarcaciones de recreo.

ANEXO II

Lugares y fechas de celebración de exámenes teóricos para el primer

semestre de 1999

Enero

Gijón: Básico, Per, Patrón de Yate y Capitán de Yate.

Inicio matrícula: 2 de noviembre de 1998.

Cierre de matrícula: 18 de diciembre de 1998.

Inicio exámenes: A partir 13 de enero de 1999.

Febrero

Madrid: Básico, Per y Patrón de Yate.

Inicio matrícula: 2 de enero de 1999.

Cierre de matrícula: 25 de enero de 1999.

Inicio exámenes: A partir de 15 de febrero de 1999.

Ceuta: Básico, Per y Patrón de Yate.

Inicio matrícula: 7 de enero de 1999.

Cierre de matrícula: 30 de enero de 1999.

Inicio exámenes: A partir de 20 de febrero de 1999.

Abril

Madrid: Básico, Per, Patrón de Yate y Capitán de Yate.

Inicio de matrícula: 16 de febrero de 1999.

Cierre de matrícula: 25 de marzo de 1999.

Inicio exámenes: A partir 12 de abril de 1999.

Mayo

Zaragoza: Básico, Per, Patrón de Yate y Capitán de Yate.

Inicio de matrícula: 26 de marzo de 1999.

Cierre de matrícula: 20 de abril de 1999.

Inicio de los exámenes: A partir 7 de mayo de 1999.

Albacete: Básico, Per y Patrón de Yate.

Inicio de matrícula: 30 de marzo de 1999.

Cierre de matrícula: 30 de abril de 1999.

Inicio de los exámenes: 20 de mayo de 1999.

Junio

Gijón: Básico, Per, Patrón de Yate y Capitán de Yate.

Inicio de matrícula: 19 de abril de 1999.

Cierre de matrícula: 24 de mayo de 1999.

Inicio de los exámenes: A partir 7 de junio de 1999.

Madrid: Básico, Per, Patrón de Yate y Capitán de Yate.

Inicio de matrícula: 3 de mayo de 1999.

Cierre de matrícula: 31 de mayo de 1999.

Inicio de los exámenes: A partir 28 de junio de 1999.

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