Visto el expediente de indulto de don Joaquín Horna López, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Vitoria, en sentencia de fecha 4 de febrero de 1997, como autor de un delito de quiebra, a la pena de tres años de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de 2.000 pesetas, con la accesoria de inhabilitación para pertenecer a Consejos de Administración o ejercer cargos de alta dirección en sociedades mercantiles durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre los años 1986 y 1987, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de octubre de 1998,
Vengo en conmutar a don Joaquín Horna López la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que satisfaga las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 2 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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