Visto el expediente de indulto de don Ismael Manterola Ispizúa, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Audiencia Provincial de San Sebastián, Sección Tercera, en sentencia
de fecha 11 de noviembre de 1994, resolutoria de recurso de apelación
interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de San Sebastián,
de fecha 7 de marzo de 1994, como autor de un delito de negativa a la
prestación del servicio militar, a la pena de un año de prisión menor,
con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año
1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de octubre de 1998,
Vengo en indultar a don Ismael Manterola Ispizúa la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás
pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de
la condena.
Dado en Madrida2deoctubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid