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Documento BOE-A-1998-25101

Orden de 13 de octubre de 1998, de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Fundación denominada «Hospital Reina Sofía-Cajasur», de Córdoba.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 1998, páginas 35843 a 35844 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1998-25101

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de adaptación a la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería, de la Fundación denominada «Hospital Reina Sofía-Cajasur», constituida y domiciliada en Córdoba, avenida Menéndez Pidal, sin número.

Antecedentes de hecho

Primero.

La Fundación fue reconocida y clasificada por Orden del Ministro de Educación y Ciencia, de fecha 20 de diciembre de 1993, solicitando la adaptación de sus Estatutos a la Ley 30/1994, por escritura pública de fecha 27 de junio de 1997, ante don Manuel Castilla Torres, Notario del ilustre Colegio de Sevilla, con número de Protocolo 1.723, corregidas por el mismo Notario, con fechas 8 de octubre de 1998, con número de protocolo 2.893, y 16 de julio de 1998, con número de protocolo 2.604.

Segundo.

Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:

El estímulo y desarrollo de la investigación, con carácter general, y, en particular, la especialización del hospital «Reina Sofía» en las diversas modalidades de trasplantes, así como potenciar la promoción profesional.

Tercero.

La dotación de la Fundación queda fijada en 5.000.000 de pesetas.

Cuarto.

El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato, que estará formado por doce miembros, siendo su presidente el Director gerente del hospital «Reina Sofía».

Vistos la Constitución española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y, en particular, sobre las fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.

Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, por lo que procede la adaptación de los Estatutos de la Fundación a la Ley 30/1994, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero.

Autorizar la adaptación de los Estatutos a la Ley 30/1994 y su inscripción en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Hospital Reina Sofía-Cajasur», con domicilio en Córdoba, avenida Menéndez Pidal, sin número.

Segundo.

Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas, de fecha 27 de junio de 1997, corregidas con fechas 8 de octubre y 16 de julio de 1998.

Tercero.

Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exigen los artículos 110.3 de la citada Ley y 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de octubre de 1998.‒El Consejero, Manuel Pezzi Cereto.

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