La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia el 6 de junio de 1998 en el recurso contencioso-administrativo número 2.050/1995, interpuesto por don José Duro Durán contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 6 de junio de 1995, que le reconoció el tiempo de servicios previos a efectos de trienios.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto, en su propio nombre y representación, por don José Duro Durán, contra el acto administrativo reflejado en el Fundamento de Derecho Primero de la presente resolución, el cual, por ser contrario a derecho, anulamos; al propio tiempo debemos declarar y declaramos el derecho que ostenta el hoy actor a que le sean reconocidos, a efectos del cómputo de trienios, los servicios prestados en la Administración Pública en el período de tiempo comprendido entre el 1 de octubre de 1973 y el 18 de marzo de 1976, pronunciamientos por los que habrá de estar y pasar la Administración demandada, y todo ello sin efectuar declaración ni condena alguna en cuanto a costas.»
En su virtud, este Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada entencia.
Madrid, 29 de septiembre de 1998.-El Director general, José Aurelio García Martín.
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