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Documento BOE-A-1998-24816

Resolución de 29 de septiembre de 1998, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 2.050/1995, interpuesto por don José Duro Durán.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1998, páginas 35427 a 35427 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-24816

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia el 6 de junio de 1998 en el recurso contencioso-administrativo número 2.050/1995, interpuesto por don José Duro Durán contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 6 de junio de 1995, que le reconoció el tiempo de servicios previos a efectos de trienios.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto, en su propio nombre y representación, por don José Duro Durán, contra el acto administrativo reflejado en el Fundamento de Derecho Primero de la presente resolución, el cual, por ser contrario a derecho, anulamos; al propio tiempo debemos declarar y declaramos el derecho que ostenta el hoy actor a que le sean reconocidos, a efectos del cómputo de trienios, los servicios prestados en la Administración Pública en el período de tiempo comprendido entre el 1 de octubre de 1973 y el 18 de marzo de 1976, pronunciamientos por los que habrá de estar y pasar la Administración demandada, y todo ello sin efectuar declaración ni condena alguna en cuanto a costas.»

En su virtud, este Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada entencia.

Madrid, 29 de septiembre de 1998.-El Director general, José Aurelio García Martín.

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