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Documento BOE-A-1998-24814

Resolución de 29 de septiembre de 1998, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 1.968/1995, interpuesto por doña María del Carmen Gutiérrez López.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1998, páginas 35426 a 35427 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-24814

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 6 de abril de 1998 en el recurso contencioso-administrativo número 1.968/1995, interpuesto por doña María del Carmen Gutiérrez López contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de revisión formulado por la interesada contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 22 de diciembre de 1994, que resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo convocado por otra de 6 de mayo de 1994, respecto al puesto número 154.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que estimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.968/1995, formulado por la Procuradora de los Tribunales doña Rosina Montes Agusti en representación de doña María del Carmen Gutiérrez López, contra la Administración General del Estado (Agencia Estatal de Administración Tributaria), representada por el Abogado del Estado, en impugnación de la desestimación por silencio del recurso de revisión deducido contra acuerdo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 22 de diciembre de 1994, anulamos los actos recurridos y declaramos el derecho de la recurrente al puesto de trabajo número 154 concurso, con efectos desde la fecha de su resolución; todo ello con el fundamento que se contiene en la presente sentencia y sin hacer expresa declaración en materia de costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 29 de septiembre de 1998.–El Director general, José Aurelio García Martín.

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