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Documento BOE-A-1998-24412

Resolución de 19 de junio de 1998, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Cultura y Educación, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la iglesia de San Onofre, en Alguazas (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 1998, páginas 35007 a 35008 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BOE-A-1998-24412

TEXTO ORIGINAL

La iglesia de San Onofre fue declarada monumento histórico-artístico

por Real Decreto 1386/1982, de 2 de abril.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985,

de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, dicho bien pasa a tener

la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede, por tanto, adecuar la declaración a las prescripciones

impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno afectado

por la declaración.

Vista la propuesta formulada por el Instituto de Patrimonio Histórico,

y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio,

del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de 21 de

enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo

parcial de dicha Ley, y en virtud de las atribuciones que me confiere

el Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la

Región de Murcia 7/1984, de 24 de enero, transferidas por Real Decreto

3031/1983, de 21 de septiembre, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente de delimitación del entorno de protección

del bien de interés cultural declarado a favor de la iglesia de San Onofre,

en Alguazas (Murcia).

El entorno de protección queda delimitado en el anexo que se adjunta

a la presente Resolución y que figura en el plano adjunto.

Segundo.-Seguir con la tramitación del expediente, según las

disposiciones vigentes.

Tercero.-Dar traslado de esta Resolución al Ayuntamiento de Alguazas

y hacerle saber que, según lo dispuesto en los artículos 11.1, 16 y 19.1

y 3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, todas las actuaciones que hayan

de realizarse en el monumento o en su entorno no podrán llevarse a cabo

sin la previa autorización expresa de esta Dirección General de Cultura,

quedando en suspenso, en su caso, los efectos de las licencias ya otorgadas.

Será preceptiva la misma autorización para colocar en el monumento o

en su entorno cualquier clase de rótulo, señal o símbolo.

Cuarto.-Que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2.2.2 del Real

Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986,

de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, se notifique esta

Resolución a los interesados, a los efectos oportunos, y al Registro General

de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.

Quinto.-Que la presente Resolución, con su anexo, se publique en el

"Boletín Oficial de la Región de Murcia" y en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Murcia, 19 de junio de 1998.-El Director general, Miguel Ángel

Centenero Gallego.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección

La iglesia de San Onofre, sita en la plaza de la Iglesia, sin número,

está ubicada entre la mencionada plaza y la calle Mayor. Ocupa en el

plano de las Normas Subsidiarias de Alguazas (hojas 11.8-6 y 11.6-7), y

está comprendida entre las calles Olmeda, General Prim, Mayor y Escuelas.

En entorno de protección viene definido por la línea que bordea el

perímetro de las manzanas y las medianeras que a continuación se detallan,

conteniendo todos los espacios públicos en ella recogidos.

Delimitación literal

Manzana donde se encuentra ubicado el bien. Completa, excepto el

bien protegido, entre las calles Olmeda, General Prim, Mayor y Escuelas.

Manzana situada entre las calles Mayor, Doctor Fernández Vera, zona

peatonal y calle peatonal. Afecta parcialmente a la zona situada entre

la calle Mayor y la calle peatonal.

Manzana situada entre la plaza de la Iglesia y las calles Mayor, peatonal,

Doctor Hernández Vera y Escuelas. Afecta parcialmente a la zona situada

entre la plaza de la Iglesia, calles Mayor, peatonal y Escuelas.

Manzana situada entre la plaza Mayor y las calles Mayor, Escuelas

y Doctor Fernández Vera. Afecta parcialmente a la zona situada entre

la plaza de la Iglesia y calles Mayor y Escuelas.

Manzana situada entre la plaza de la Iglesia y las calles Olmeda, Escuelas

y Mayor. Afecta parcialmente a la zona situada entre la plaza y calles

referidas.

Todo ello según plano adjunto.

Este entorno está justificado por constituir su entorno visual y

ambiental inmediato, en el que cualquier intervención puede suponer una

alteración de las condiciones de percepción del bien o del carácter del espacio

urbano que lo rodea.

ANEXO: (Ver Imágen página 35008).

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