Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), en el recurso número 2.934/1995, interpuesto por don Andrés Guerrero Madrid, sobre ascenso honorífico.
Madrid, 30 de septiembre de 1998.‒El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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