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Documento BOE-A-1998-23717

Orden de 11 de septiembre de 1998 por la que se autoriza la impartición de las enseñanzas de grado elemental de Música y grados elemental y medio de Danza, al centro privado «Centro de Arte Danza y Música Karel» de Gijón.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 12 de octubre de 1998, páginas 33925 a 33925 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-23717

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña María del Carmen Fernández Elvira, titular del centro privado «Centro de Arte Danza y Música Karel» de Gijón, en el que solicita autorización para impartir enseñanzas de grado medio de Danza de la nueva ordenación del sistema educativo,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que se describe a continuación y proceder a su inscripción en el Registro de Centros:

Denominación genérica: Centro autorizado de grado elemental de Música y grados elemental y medio de Danza.

Denominación específica: «Centro de Arte Danza y Música Karel».

Titular: María del Carmen Fernández Elvira.

Domicilio: Calle Príncipe, 2-4-6.

Localidad: Gijón.

Municipio: Gijón.

Provincia: Asturias.

Enseñanzas que se autorizan:

Grado elemental de Música: Piano, Violín, Viola, Violoncello, Flauta Travesera, Clarinete, Oboe, Guitarra y Acordeón.

Número de puestos escolares: 80.

Grado elemental de Danza:

Número de puestos escolares: 80.

Grado medio de Danza:

Especialidad: Danza Española.

Número de puestos escolares: 90.

Segundo.

De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito, a efectos administrativos, al Real Conservatorio Profesional de Danza de Madrid, sito en la calle Soria, número 2.

Tercero.

Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 11 de septiembre de 1998.‒P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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