Visto el expediente de indulto de don Juan Gómez Rico, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de fecha 11 de julio de 1997, como autor de dos delitos de robo con intimidación en las personas, a la pena, por cada uno de los delitos, de tres años, seis meses y un día de prisión y delito de robo en grado de tentativa, a la pena de once meses de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de las condenas, por hechos cometidos en el año 1996; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de septiembre de 1998,
Vengo en conmutar a don Juan Gómez Rico las penas privativas de libertad impuestas, por otra única de cuatro años y seis meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 11 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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