Visto el expediente de indulto de don Benito José Díaz Barrera, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincia de Cádiz, en sentencia de fecha 22 de febrero de 1995, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Cádiz, de fecha 2 de abril de 1994, como autor de un delito de negativa a prestar el servicio militar obligatorio, a la pena de un año y un mes de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1989; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Benito José Díaz Barrera la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 11 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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