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Documento BOE-A-1998-23272

Resolución de 16 de septiembre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para la realización de actividades de intercambio juvenil.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 1998, páginas 33491 a 33492 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-23272

TEXTO ORIGINAL

El 12 de julio de 1998, se suscribió entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares un Convenio de Colaboración para la realización de actividades de intercambio juvenil, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos, del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 16 de septiembre de 1998.–El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD Y LA XARXA D’INSTAL-LACIONS DE LES ILLES BALEARS, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO JUVENIL

En Madrid, a 12 de julio de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, Director general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 121, del 18), en nombre y representación del Gobierno de la Nación por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995,

Y de otra parte, la excelentísima señora doña María Rosa Estarás Ferragut, Consejera de Presidencia del Gobierno Balear, nombrada por Orden de Presidencia de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 18 de junio de 1996 («Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares» número 75 extraordinario, del 19), en nombre y representación de la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears, en ejercicio de las competencias que le han sido atribuidas por el Decreto 4/1997, de 10 de enero («Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares» número 15, de 4 de febrero).

EXPONEN

Primero.

Que el Instituto de la Juventud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 565/1985, en relación con los artículos 48 y 149.1.3.ª de la Constitución, tiene, entre otros fines:

La ejecución de la política del Departamento respecto de la juventud, en colaboración con los Departamentos ministeriales y las Administraciones Públicas cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.

El fomento de las relaciones y de la cooperación internacional en materia de juventud.

Segundo.

Que la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares tiene las competencias exclusivas en materia de juventud en su ámbito territorial, de conformidad con el artículo 10.11 de su Estatuto de Autonomía.

Tercero.

Que la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears tiene como finalidad, entre otras, la creación, promoción y coordinación de servicios y actividades dirigidas específicamente a la juventud, directamente o en colaboración con otras instituciones o entidades.

Cuarto.

Que habiéndose previsto en el marco de la cooperación en materia de juventud, entre España y otros países, la realización de programas de intercambio que se materializarán en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, se hace necesario contar con la colaboración de ésta, a través de la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears.

Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears, en la que participa la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para la realización de los programas de intercambio juvenil aprobados por las Subcomisiones Mixtas de Intercambio Juvenil y Programas de Aplicación de los Convenios Culturales que se desarrollen en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Segunda.

La colaboración a que se refiere la estipulación anterior se realizará para la ejecución de los siguientes programas:

Subcomisión Mixta Hispano-Alemana

Programa A.8:

Encuentro en Palma de Mallorca, durante cinco días, sobre promoción del empleo juvenil, con seis participantes alemanes. Ejecución a cargo de la Dirección General de Juventud y Familia.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 285.000 pesetas para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades culturales e interpretación.

Subcomisión Mixta Hispano-Belga. Comunidad flamenca

Programa 8.E:

Encuentro en Palma de Mallorca, durante cinco días, sobre formación de animadores de tiempo libre, con tres participantes belgas. Ejecución a cargo de la Dirección General de Juventud y Familia.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 182.000 pesetas para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades culturales e interpretación.

Intercambio Hispano-Finlandés

Programa A.5:

Encuentro en Palma de Mallorca, durante siete días, sobre la integración de los jóvenes en la sociedad y la lucha contra la intolerancia, con tres participantes finlandeses. Ejecución a cargo de la Dirección General de Juventud y Familia.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 275.000 pesetas para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades culturales e interpretación.

Subcomisión Mixta Hispano-Italiana

Programa B.22 E:

Encuentro en Palma de Mallorca, durante cinco días, para establecer contactos, con tres participantes italianos. Ejecución a cargo de la Dirección General de Juventud y Familia.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 130.000 pesetas para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.

Tercera.

1. Los compromisos de ambas partes serán los siguientes:

1.1 Del Instituto de la Juventud:

a) Relación institucional con los Ministerios de los países con los que se han establecido programas de cooperación en materia de juventud, determinando contenidos y condiciones generales para la realización de los programas.

b) Facilitación de la información necesaria a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a través de la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears, para el desarrollo de las actividades.

c) Aportación de la cantidad máxima de 872.000 pesetas con cargo al concepto presupuestario 226 de su vigente presupuesto. Tal aportación será librada por el Instituto de la Juventud «en firme, previa cuenta».

1.2 De la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears, en la que se integra la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares:

Correrá a su cargo la ejecución de los programas a que se refiere la estipulación anterior, aportando la infraestructura y los medios materiales y personales necesarios para el desarrollo de los mismos.

2. La rendición de la cuenta al Instituto de la Juventud por la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears se hará conforme a las normas económico-administrativas de aquél.

Cuarta.

Una vez finalizada cada una de las actividades, se remitirá al Instituto de la Juventud, en el plazo de treinta días, informe que contenga las conclusiones, sugerencias o propuestas obtenidas de la misma.

Quinta.

El presente Convenio tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 1998. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas mediante el presente Convenio, la otra podrá denunciarlo y dar por resuelto aquél.

Sexta.

Este Convenio se encuentra excluido del ámbito de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.

Séptima.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de su conformidad, firman las partes el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Director general del Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.–La Consejera de Presidencia del Gobierno Balear y Presidenta de la Xarxa d’Instal-lacions de les Illes Balears, María Rosa Estarás Ferragut.

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