Vista la petición interesada por la entidad "Wayne Europe-Continental",
con sede social en 13 Thatcham Business Village, Colthrop Way, Thatcham,
Berkshire RG19 4DN, Reino Unido, en solicitud de aprobación de modelo
del sistema de medida destinado al suministro de carburante líquido para
vehículos de motor "Wayne Dresser", modelo Einbeck, el Centro Español
de Metrología, organismo autónomo de carácter comercial e industrial
adscrito al Ministerio de Fomento, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985,
de 18 de marzo; el artículo 100 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre;
el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; la Orden de 28 de diciembre
de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos
del agua, así como el Documento Internacional número 11 de la
Organización Internacional de Metrología Legal (OIML), relativo a Instrumentos
de Medida Electrónicos, ha resuelto:
Primero.-Conceder la aprobación de modelo, por un plazo de validez
de diez años a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en
el "Boletín Oficial del Estado", a favor de "Wayne Europe", del sistema
de medida destinado al suministro de carburante líquido para vehículos
a motor "Wayne Dresser", modelo Einbeck, en sus cinco versiones, 587,
587H, 401, 390, 395, y sesenta opciones, descritas en la memoria
presentada, que se componen de los siguientes elementos básicos:
Filtro más conjunto moto-bomba, operando como surtidor.
Bomba sumergida, operando como dispensador.
Medidor volumétrico 2PM6.
Generador de impulsos.
Computador electrónico X2003.
Visualizador de datos.
Manguera y boquerel.
Segundo.-El signo de aprobación de modelo será:
00-H-003
98001
Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo
a que se refiere esta Resolución llevarán una placa de características con
los siguientes elementos:
Nombre y anagrama del fabricante.
Denominación del modelo.
Número de serie y año de fabricación.
Caudal máximo, en metros cúbicos por hora.
Caudal mínimo, en metros cúbicos por hora.
Presión máxima de funcionamiento, en bar o kilopascal.
Suministro mínimo, en litros.
Margen de temperatura de funcionamiento, en grados centígrados.
Clase de líquidos a medir.
Signo de aprobación de modelo.
Cuarto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los
instrumentos, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva,
según se describe en la memoria que sirvió de base para su estudio por
el Centro Español de Metrología.
Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo
a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los
condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real
Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo
podrá ser prorrogada por períodos sucesivos, previa petición del titular
de la misma.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario, en el
plazo de un mes, a partir de su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado", ante el Ministro de Fomento, de conformidad con el artículo 114
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tres Cantos, 8 de septiembre de 1998.-El Presidente, P. D. (Resolución
de 19 de mayo de 1995, "Boletín Oficial del Estado" de 2 de junio), el
Director, Ángel García San Román.
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