La entidad denominada Mutua Previsora de Apuestas Deportivas y Establecimientos Públicos, Entidad de Previsión Social, se encuentra autorizada para realizar operaciones de previsión social.
De las comprobaciones efectuadas por esta Dirección General de Seguros se ha constatado que la citada entidad no ha procedido a adaptarse al Reglamento de Entidades de Previsión Social de 4 de diciembre de 1985 y, por tanto, se desprende la existencia de la causa de revocación de la autorización administrativa prevista en el artículo 25.1.c) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y consiguientemente la causa de disolución establecida en el artículo 26.1 de la citada norma legal.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Primero. Revocar a la entidad Mutua Previsora de Apuestas Deportivas y Establecimientos Públicos, Entidad de Previsión Social, la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de previsión social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.1.c) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Segundo. Disolver de oficio a la entidad Mutua Previsora de Apuestas Deportivas y Establecimientos Públicos, Entidad de Previsión Social, en aplicación de lo establecido en el artículo 26.1, apartado 1.º, de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Contra la presente Orden podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa comunicación a este Ministerio, recurso contencioso-administrativo, según lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992.
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 14 de septiembre de 1998.‒P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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